Reclamación previa: qué hacer después?

Tengo una cliente que le llevo varios temas, y en abril interpuse una reclamación previa a la vía laboral pues a su hija le extinguieron el derecho a la pensión de invalidez no contributiva, pues dice la administración que los recursos de la unidad familiar son superiores a los que se establecen reglamentariamente. Dicha reclamación la interpuse, el 15/04/2015, no ha habido resolución, entiendo que la misma se ha denegando por silencio administrativo.
Ahora mi duda es, para procederá su reclamación judicial, he de presentar una demanda laboral en la que se reconozca el derecho de la hija a seguir percibiendo la pensión de invalidez no contributiva pues reúne todos los requisitos, ¿o qué debo hacer?
Muchas gracias de antemano
PD Por cierto si hay que presentar demanda, ¿alguien me podría facilitar un formulario?

1 respuesta

Respuesta

Tendrías que interponer una demanda en el juzgado de lo social de tu localidad o que te corresponda, en el plazo de dos meses desde el 15 de mayo. Por lo que tendrías solo hasta el 15 julio para interponer la demanda.
Sobre el modelo de escrito de demanda, siento decirte que no existe. Éstos los redactan los profesionales y cada uno es distinto. Lo más que puedes es buscar algunos ejemplos aproximados en la red.
http://www.laboralquo.com

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