Los autónomos con bonificación tenemos paro?

El mes que viene dejo por desgracia de ser autónoma. Tanto impuesto, tanta gestoría y la cuota de autónomos ha ahogado mi negocio y tengo que cerrarlo.

Llevo 460 días dada de alta como autónoma bonificada con eso que sacaron de 52€, luego 132€ y finalmente 185€.

Fui al Inem y me dijeron que como trabajadora por cuenta ajena no me corresponde nada, que lo que me quedaba lo perdí y que tendría que empezar de cero cuando logre contrato laboral, que sólo podría cobrar en el caso de renovación de prestación si es que la estaba cobrando en el momento de hacerme autónoma...

Cómo autónomo he leído que se tiene prestación según base de cotización, pero no veo por ningún sitio que pasa si he sido bonificada, porque imagino que esa base es la mínima.

Tengo el miedo de cerrar al mes que viene y no tener derecho a ninguna prestación. Además no tengo hijos, que es cuando ayudan...

¿Me podéis orientar?

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Respuesta

No se que has leído sobre prestaciones en relación a la base de cotización. Los trabajadores autónomos NO devengan ningún derecho a NINGUNA prestación (paro o subsidio) por desempleo (incluso aunque estuvieras cotizando por ese concepto "Cese de Actividad", pero no es lo usual, pues hay que "pagar" más de cotización). Es más no estarás en "situación LEGAL de desempleo" (aunque te apuntes como demandante de empleo) pues tu baja ha sido VOLUNTARIA (es como si dejas voluntariamente un trabajo por cuenta ajena). Sólo te quedaría alguna Ayuda especial tipo "salarios sociales" o "rentas de integración" gestionados por las Comunidades Autónomas.

El único modo de acceder a corto plazo a las ayudas del SEPE es lograr un trabajo de trabajo que cotice por desempleo. Es necesario cotizar por desempleo tres meses (con responsabilidades familiares) o 6 meses (sin dichas responsabilidades) para poder acogerse al denominado "subsidio por cotización insuficiente" (426 €/mes) pero si dicho nuevo empleo es a tiempo parcial también dicho subsidio queda afectado por dicha parcialidad (por ejemplo, si el trabajo es al 50% del tiempo, el subsidio será de 213 €/mes -el 50% de la cuantía normal de 426€/mes.)

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