Autónoma para impartir clases particulares en mi domicilio

De antemano agradeceros la ayuda que podáis facilitarme, porque ando un poco perdida y confundida (he leído un poco de todo pero no me llega a quedar claro el asunto). La cuestión es que imparto clases particulares en mi domicilio y como a partir de ahora será mi única ocupación y además me da para tener un sueldo decente, voy a darme de alta como autónomo. Las asignaturas son Química y Matemáticas, por lo que son enseñanzas regladas y que están dentro de los planes de estudio del Ministerio. Por tanto:

- Estaría exenta de pagar IVA, ¿verdad?

-Las facturas no se emitirían a empresas, si no a personas (a los padres de los alumnos). ¿Estarían sujetas a retención de IRPF? En caso afirmativo, ¿la retención se haría en la propia factura o se haría mediante algún modelo complementario trimestral?

-Podría deducirme gastos de material de oficina (folios, mesa...¿)?

2 Respuestas

Respuesta

En principio no llevaría IVA.

Exacto nada de retenciones, pero tendrás que hacer ingresos a cuenta trimestralmente.

Sí, todos los gastos necesarios para tu actividad.

Respuesta

Las facturas están exentas de I.V.A. siempre y cuando las clases que realices estén relacionadas con materias incluidas en algún plan de estudios del sistema educativo español... por lo que dices así es así que exentas de I.V.A.

Si tu clientes no es empresario o profesional no debe retenerte nada y tendrás que presentar modelo 130 de pago fraccionado trimestralmente

Gastos deducibles: Todos los relacionados con la obtención de los ingresos... papelería, mobiliario específico para la actividad vía amortización... etc

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