Justificar pagos en hacienda sobre particulares

Soy autónomo y me dedico a retirar aceite usado como residuo el problema que me encuentro que en muchas ocasiones tengo que comprar ese residuo a particulares y me gustaría saber como puedo justificar ese pago a hacienda, ¿con un recibo sin iva?

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Según la DGT:

Tributarán por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 8 por ciento, con independencia de cómo se instrumente la contraprestación correspondiente, los servicios de recogida, transporte y almacenaje de sustancias u objetos que de acuerdo con lo expuesto en la Ley 22/2011, tengan la consideración de residuos, como, por ejemplo, los aceites usados de procedencia doméstica y hostelera. (Hoy 10%).

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