Factura de proveedor año 2014 no contabilizada por traspapelarse

Con fecha de hoy he recibido una reclamación de un proveedor sobre una fra/. Del 2014, ya he cerrado el ejercicio, presentado los libros en el registro, confeccionado el impto.sociedades y el modelo 347.

Que debo de hacer, la puedo contabilizar en 2015 con cargo a reservas y abono al proveedor.

Podria recibir una inspección de Hacienda, pueden sancionar a la empresa por no estar declarada en el 347, (4.500.- euros).

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Efectivamente la debes contabilizar en una fecha actual del ejercicio 2015 con cargo a la cuenta de gasto correspondiente, deduciendote la cuota de IVA en la liquidación del periodo que corresponda.

Según la normativa, las facturas recibidas se contabilizan y se declaran según la fecha y orden en que se reciban.

Respecto a lo que comentas del modelo 347, desde el ejercicio 2011, los datos aportados en dicha declaración no tiene por qué coincidir con los de tus proveedores y clientes, ya que se cambió de criterio y se establece que los datos deben ser coincidentes con la contabilidad de la empresa, por lo tanto, aunque la factura tenga fecha de 2014, cómo la fecha de recepción y contabilización es de 2015, se declara en dicho ejercicio.

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La contabilizaría en este año como una factura normal con la fecha en que fue descubierta y una anotación a lápiz por detrás para recordar lo sucedido

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