Contabilización error del impuesto de sociedades

Cuando cerré el año 2014, mi asesor me comentó que como cumplía ciertos puntos, podía calcular el impuesto de sociedades de la siguiente forma:

* Los primeros 120.000 € al 20%

* El resto al 25%

Y así es como cerré el año.

Pero ahora me vienen con que ha cambiado la ley y los primeros 300.000 € se calculan al 20% y así es como ellos me han confeccionado el modelo 200.

Entonces mi duda es, ¿cómo contabilizo en este 2015 ese exceso de gasto del impuesto?.

Es decir, sería:

(4752) H.P. Acreedora del impto. Soc.

Contra que cuenta de ingreso (?)

2 Respuestas

Respuesta
1

La ley que establece lo de los 300.000 euros al 20% la cambiaron hace ya varios años, no es nada nuevo.

Como se considera error de ejercicio anterior, cuenta de contrapartida debe ser la de reservas voluntarias 113.

Respuesta
1

Hay gente que trabaja en asesorías que están como cabras yo cualquier día de estos escribo un libro de gazapos.

Si bien lo correcto es llevarlo a la 113 yo lo llevaría a una cuenta de explotación visto lo visto fijo que luego no tienen en cuenta la diferencia permanente para hacer el impuesto

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