Herencia y usufructo de piso pagado antes del matrimonio

Acaba de morir mi suegro y queremos saber qué le corresponde a mi pareja, a sus hermanos (o hijos de éstos) y a la viuda (segunda mujer).

Mi suegro compró el piso familiar con su primera mujer que falleció hace ya muchos años y tuvo dos hijos con ella (mi mujer y su hermano que también ha fallecido dejando una hija). Además tiene otro hijo más con la segunda mujer.

En el registro de la propiedad constan los nombres de mi suegro y su primera mujer como dueños del piso.

¿Cuánto corresponde a mi mujer, a su hermanastro y a su sobrina de este piso? ¿Tiene la segunda mujer algún derecho de usufructo sobre el piso o podemos evitarlo de alguna manera?

También habrá algún dinero en el banco (unos 20.000 euros) y un coche.

La viuda y su hijo están intentando quedarse con todo y no lo vamos a permitir, ¿al ser un caso "no estandard" nos recomiendan contratar un abogado? ¿Qué pasos nos recomiendan seguir?

2 Respuestas

Respuesta

Lo primero recomendarle se pongan en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto. Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web. Trabajamos con toda España.

Las herencias son complejas y hay que ver si hay testamentos, si se acepto la herencia de la primera mujer (madre), etc...

En principio, la herencia de la primera mujer (el 50 % de lo que tenia a fallecimiento) será para los hijos y el usufructo seria para el marido. Luego hay que tramitar la herencia del marido (padre) que le sucede lo mismo. Pero puede haber determinadas circunstancias que modifiquen esto, como los testamentos o la legislación especifica de su comunidad autónoma.

Gracias por su respuesta.

A ver si puede darme algo más de información: Se trata de la provincia de Badajoz y en ninguno de los dos casos hubo testamento.

Necesito, al menos a grandes rasgos, saber qué si a la viuda le corresponde el usufruto del piso teniendo en cuenta que sólo le pertenecería un tercio del 50%.

Muchas gracias de nuevo.

Un saludo.

Como ya le hemos recomendado, ha de ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

En nuestra opinión, del 50% del marido, a la viuda le corresponderá el tercio del usufructo, que se ha de valorar y en algunos casos, se negocia la compensación...

En el caso de la cuenta, por ejemplo, hay que ver si ella también es titular o solo autorizada... y le correspondería el 50% si es titular.

Estimado señor,

Refiriéndome únicamente al piso. Sí, entiendo que de la parte del marido, efectivamente, a la viuda le corresponde el tercio del usufructo.

Mi pregunta es ¿Es suficiente ese "pequeño" porcentaje del piso que le corresponde en usufructo para que tengamos la obligación de permitirle quedarse si no quiere llegar a ningún acuerdo?

Gracias de nuevo

El usufructo es el derecho de uso y disfrute, por lo tanto, ella legalmente tiene derecho, pero al igual que su mujer y el resto de herederos...

En cualquier caso, debe ponerse en manos de un abogado, que le ayude con esta cuestión.

Respuesta

El usufructo no tiene que ver con porcentajes. Todos los que son usufructuarios pueden vivir alli. O sea ella puede vivir y ustedes que son dueños de una parte en pleno dominio, si quieren, también pueden vivir allí.

En cuanto a la propiedad, usted y su sobrina son propietarios de la parte de su madre que era un 50%, o sea un 25% a cada uno. Luego, de la parte del padre, que tuvo 3 hijos, hay que contar un tercio para cada hijo, o sea un 16,66 para cada uno.

Sumado, a usted y a su sobrina les corresponde un 41,66 % a cada uno y a su hermanastro solo le corresponde el 16,66 restante.

Pero muevanse rápido. Si han pasado más de 30 años de la muerte de su madre y ustedes no hicieron nada, la 'parte contraria podría alegar que todo es de su padre por usocapión.

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