Venta de piso inscrito en agencia, de particular a particular

Tengo un piso en una agencia para vender, hace mas de 1 año, y ahora he conseguido yo un comprador, ¿tengo qué pagarle algo a la agencia si ellos no han encontrado al comprador?

Y en caso de que mi comprador vaya para adelante, ¿qué trámites he de hacer?

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Si está con una inmobiliaria vale lo que diga el contrato que firmó con respecto al plazo máximo. Si no firmó ningún contrato puede venderlo por su cuenta.

Para vender depende de si el vendedor tiene todavía hipoteca o ya la canceló. Para el comprador depende de si va a paga al contado (mediante talón conformado) o tiene que solicitar una hipoteca.

En el caso más sencillo, supongamos que va a vender el piso por 200.000. El vendedor tiene la hipoteca pagada y el comprador va a pagar al contado. Ambos van a un notario para que prepare la escritura de compra-venta con los papeles que les digan. El vendedor tiene que llevar el último recibo de haber pagado la luz, el agua, el IBI, un certificado del presidente de la comunidad de que está al corriente de los pagos de la comunidad. Es decir, el vendedor lleva la escritura de la casa y demostrar que está al corriente de los gastos. El comprador tiene que dar sus datos al notario y pedir a su banco que le haga un "talón conformado" de 200.000. Con el talón conformado el banco asegura que el comprador tiene ese dinero en el banco y que está disponible para hacer la transferencia al vendedor.

El día de la firma de la escritura, el notario lee todo, el comprador hace entrega del talón y el vendedor da todas las llaves. El notario, mediante una gestoría, realiza el registro de la escritura en el registro de la propiedad.

Ya puede disponer el comprador de la casa y ya puede cobrar ingresar el vendedor el talón en su banco para cobrar los 200.000 del banco del comprador.

El vendedor tiene que pagar la "plusvalía" (un porcentaje por el beneficio obtenido entre el precio en el que compró la casa y el precio en el que la ha vendido) en el ayuntamiento y en la declaración de Hacienda del año que viene pagar el impuesto de incremento o transmisiones patrimoniales (por haber ganado 200.000).

En el caso de que usted tenga que cancelar la hipoteca, tiene que pedir la cancelación al banco donde tiene la hipoteca y registrarla en el registro de la propiedad antes de venderla. Se el comprador tiene que pedir una hipoteca, tiene que esperar el tiempo en que el banco estudie el caso del comprador y la apruebe.

El proceso, en resumen, es:

- Pedir la cancelación de la hipoteca del vendedor.

-Ante notario hacer el acto de cancelación de la hipoteca del vendedor.

- Registrar que la casa está ya sin hipoteca en el registro de la propiedad.

- Ante notario hacer el acto ce compraventa.

- Ante notario hacer el acto de concesión de la hipoteca al comprador

En el contrato con la agencia veo que especifica: que el plazo de venta es por 6 meses prorrogado por plazos iguales hasta que el propietario notifique lo contrario y además pone que en cualquier caso la comisión del 3% será exigible en caso de venta de la finca en el plazo de 1 año a contar desde que finalice el presente encargo tras la revocación 

yo por ahora no he comunicado nada a la agencia  

por cierto, si veo que no voy s poder evitar pagar la comisión, podría ir a la agencia y presentar al comprador y qué gestionen ellos verdad?

no se si eso entraría dentro de esa comisión o me pedirían pagar algo mas?

gRacias

Por lo que dice el contrato, hasta que pase 1 año, ellos cobran su comisión. Al año, usted tiene que avisarle (por escrito. Burofax o carta certificada con acuse de recibo) que ya no quiere que gestionen la venta del piso.

Pero, si usted quiere, les puede llevar al comprador (aunque ellos no lo hayan buscado) para que la inmobiliaria realice todo ese papeleo de cancelación, notaría, pedir la hipoteca del comprador... Si el piso está en regla y no salen cosas "raras", la inmobiliaria realiza estas gestiones con facilidad.

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Consulte con la agencia lo firmado.

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