Puede una agencia inmobiliaria retenerle al vendedor, el importe de 1000€, en concepto de cancelación registral?

Al vendedor de una casa en la agencia inmobiliaria le han retenido 1000€ en concepto de efectivo para cancelación registral, algo que incluso el cliente se va a encargar de solicitar el certificado de deuda cero, ya que a la agencia le cobran 90€ y el cliente les informó que no pagaría ni un € pues el Banco de españa así lo preveé, el cliente quiere solicitar sus 1000€ a la agencia inmobiliaria, ¿está esta obligada a devolver el efectivo ya que aún no ha realizado ningún trámite?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto.

Actualmente, es necesario liquidar la plusvalía municipal para poder inscribir la compra en el Registro de la Propiedad, por lo tanto, en muchos casos, se retiene ese importe, para garantizar que se realiza.

Si usted tiene una hipoteca, también ha de cancelar la inscripción de la misma, mediante escritura, liquidación del impuesto y posterior inscripción en el Registro de la Propiedad y en muchos casos, es la propia inmobiliaria quien lo realiza.

Pero en cualquier caso, es cuestión de estudiar el posible contrato con esta inmobiliaria e indicar que será usted quien realice estos tramites... pero muchos compradores prefieren que lo realice un profesional, que dejarlo en manos del vendedor, ante los posibles problemas para la inscripción. Incluso la entidad financiera del comprador (si hay hipoteca) puede "exigir" realizar ellos estos tramites, para evitar problemas con la inscripción.

Muchas gracias por su pronta contestación, efectivamente la plusvalía hay que liquidarla, lo cual se hizo en su día, los trámites de cancelación de hipoteca el 1% fue también liquidado, escritura de compraventa, etc... La vivienda la tiene ya los nuevos compradores con todos los trámites realizados, lo único que falta es la cancelación registral, es decir recoger el certificado de deuda cero en el banco, liquidar el impuesto de actos jurídicos documentados, que el apoderado del banco vaya a notaría y después ir al registro a hacer la anotación, tengo entendido que estos gastos pueden suponer unos 120, o 150€, puesto que sólo habría que pagar al notario y los aranceles del registrador. Pero en la agencia inmobiliaria se quedaron 1000€ para todos esos supuestos gastos, cuando el cliente en ningún momento solicitó que le realizaran los trámites si no más bien ellos se lo adjudicaron y es, tengo también entendido, un detecho que corresponde al vendedor, no obligatorio porque ese derecho prescribe a los 20 años, pero sí recomendable. 

El comprador y la entidad financiera del comprador, quieren la vivienda sin cargas registrales, para evitar problemas futuros. Esto es lógico y normal. Por lo tanto, aunque la hipoteca de usted este pagada, hay que hacer este tramite. Usted que es quien vende, es quien esta encargado de esta cuestión.

Ahora la cuestión es que usted se encargue o se encargue alguien de realizarlo y por lo tanto le cobre por ello...

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