Estoy en tramite de divorcio, hemos confeccionado el convenio

Estoy en tramite de divorcio, esperando a ratificar el convenio regulador, mi. Marido se ha quedado en una de las viviendas común y yo en otra, resulta que necesito entrar en la vivirnda de el para recoger algunos enseres que el se niega a entregarme, ¿estoy cometiendo algún delito si entro sin el saberlo?

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De seis meses a dos años de cárcel. Se trata de un delito de allanamiento de morada (ya que el domicilio de cada cual consta en el Juzgado) que, además, puede provocarle un divorcio de auténtica pesadilla y un fiel y seguro enemigo para el futuro.

Si hay un convenio regulador es que han llegado a un acuerdo en todo. Si las casas son en propiedad, ni se le ocurra ratificar el convenio hasta que no estén asignadas a cada uno la suya. El no permitirle que recoja sus cosas revela por parte de su exesposo una falta de interés en el acuerdo, que le puede plantear problemas con la liquidación. Por lo tanto, diga que usted no ratifica nada hasta que no le devuelvan sus cosas, y practique ahora mismo la liquidación de gananciales. Pero no queremos verla durmiendo en el calabozo, esposada a presencia judicial y con una condena a la cárcel.

Muchas gracias por su respuesta, oero es un delito también, si el convenio no esta ratificado aun,?

El domicilio, a efectos de lo dispuesto en el Código Penal, es la residencia de una persona, donde satisface su necesidad de vivienda e intimidad y sobre cuya pertenencia a esa persona no cabe la menor duda. Y lo que hace que exista el delito de allanamiento es entrar sin el permiso del titular de esa vivienda, que es precisamente su caso. Usted sabe (y así se puede demostrar) que esa casa no es la suya, sino la de su exesposo, y además sabe que le está prohibido entrar. La conexión con un trámite procesal (la ratificación) nada tiene que ver con los caracteres del delito. Le dirán que haberlo negociado bien, que haber retirado todo antes de irse, que lo meta en el convenido regulador (que está precisamente para eso) o que lo pida en condiciones... pero en ningún caso se le admite que entre en casa ajena.

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