Reclamación pago de tasa de basura del año 2006

El Ayuntamiento de Paterna me reclama con fecha 22 de junio de 2015, vía Diligencia de embargo, el pago de la tasa de basura del año 2006, de un piso que era de mi propiedad y que vendí en diciembre de ese año. Me reclaman 58 euros de la tasa y 36 euros de recargo. Sigo viviendo en la misma población y tengo todos los impuestos domiciliados y pagados. Hasta ahora nunca me habían reclamado este pago, por lo que no podía saber que existía esta deuda, es más, según documentación que ellos mismos me han facilitado, en 2011 hiciero una notificación a una dirección en la que nunca he vivido. Hoy he recibido un "requerimiento para designación de bienes al apremiado". ¿Estoy obligada a pagar este recargo si nunca me han notificado la deuda? ¿Ha prescrito la deuda?

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Respuesta

Si nunca le han notificado la deuda y puesto que hablamos del ejercicio 2006, efectivamente se consideraría prescrita. El artículo 66 de la Ley 58/2003, General Tributaria, establece que: “prescribirán a los 4 años los siguientes derechos: b) el derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas”.

Le recomiendo ponerse en manos de un experto para interponer los recursos correspondientes para la defensa de sus legítimos intereses.

Si lo desea puede contactar con nuestro despacho para concertar una cita presencial en la que analizaríamos la documentación y le informaríamos de la mejor solución posible para su problema en www.asesoriamontserrat.es o en el 676.633.077

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