Como particular ¿Puedo vender un coche sin ofrecer garantía al comprador?

Quiero vender mi viejo coche y la verdad no creo que pueda sacar por el más de 500 € porque se en las condiciones en las que se encuentra y no quiero timar a nadie.

Pero tampoco quiero que el comprador me exija reparaciones una vez vendido el coche puesto que todavía perdería dinero.

Según tengo entendido, por ley, tengo que ofrecer una garantía de 6 meses pero si en el contrato de compra-venta se expone de forma concisa que no hay garantía y que TODOS los gastos a partir del momento de la compra corren a cuenta del comprador... ¿es legal? O a pesar de ello me pueden reclamar después.

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El Código Civil establece, efectivamente, la responsabilidad del vendedor por vicios o defectos ocultos, por un plazo de 6 meses. Me reitero: por vicios o defectos ocultos. Esto significa, que si eres conocedor del estado del vehículo debes manifestarlo al comprador, tú ya has avisado de cómo está el coche... ya no te puede alegar que no lo sabía. Obviamente te recomiendo que plasmes todas esas deficiencias que presenta el vehículo en el contrato de compraventa, así te aseguras de poder demostrar que sí avisaste en caso de que posteriormente surja algún problema.

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