Ha terminado mi contrato y no me han finiquitado

Tenía un contrato de duración temporal que terminaba mañana. He estado un año trabajando en la empresa (primero seis meses y después otra renovación de seis hasta hoy). Hace tres meses tuve que cogerme la baja por ansiedad y depresión debido a mi situación laboral. Hoy he firmado el final del contrato y he leído los papeles y los he firmado, he prestado atención, toda la que puedo porque ir a la oficina me genera más ansiedad, las pastillas que tomo me atontan y hacen que se me olviden las cosas. Al salir más tranquilamente los he leído y he visto que sólo me han pagado el sueldo correspondiente a septiembre y las vacaciones, pero no pone nada en finiquito.
Yo en estas cosas estoy muy perdida, y ni siquiera sé si tendrían que haberme finiquitado. ¿Deberían haberlo hecho? Si es así, ¿Hay alguna forma de reclamar después de haber firmado? Por favor, necesito que me contesten porque llevo toda la mañana dándole vueltas y llorando porque me siento estúpida por no haberlo visto cuando tenía que haberlo hecho.

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Respuesta

El finiquito es uno de los conceptos laborales más desconocido por los trabajadores. Este documento es la relación de las cantidades que la empresa debe al trabajador en el momento de la extinción del contrato temporal (Eventual por circunstancias de la producción o por obra y servicio), bien sea por despido, bien sea por fin de contrato temporal.

En el momento en el que la empresa nos despido o finaliza nuestro contrato puede debernos cantidades que respondan a multiples conceptos salariales, como por ejemplo:

Salario del mes del despido o fin de contrato
– Vacaciones devengadas pero no disfrutadas
– Parte proporcional de las Pagas extras
– Indemnización por despido.
– Indemnización por fin de contrato temporal.

En cuanto a la indemnización por fin de contrato temporal: Es una indemnización a la que tienen derecho todos los trabajadores por el simple hecho de finalizar su contrato temporal (exceptuando contratos de formación y de interinidad, que no tienen derecho a indemnización .

La indemnización correspondiente depende de la fecha de formalización del contrato de trabajo:

  • Ocho días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2011.
  • Nueve días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2012.
  • Diez días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
  • Once días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
  • Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.

Es importante matizar que los contratos celebrados en un determinado año, aún extinguiéndose en años sucesivos, conservarán la indemnización correspondiente al año de inicio.

Sería necesario revisar la documentación exacta que has firmado para ver exactamente que te han pagado y que conceptos han liquidado. Estás a tiempo de reclamar si no te han finiquitado correctamente.

Si lo deseas, puedes contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es o en el 676-633-077

Pues lo que no me han pagado es la indemnización por fin de contrato, que según lo que cuentas serían 11 días porque el contrato se firmó en 2014.

Si deseas reclamar para que te abonen lo debido puedes contactar con nuestro despacho.

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