Factura con IVA o con recargo equivalencia

Tengo un negocio de copistería y papelería. Cada cierto tiempo suelo comprar papel en grandes cantidades para los servicios de copistería (fotocopias e impresiones) aunque también los vendo a los clientes en paquetes. Mi duda es si la factura del papel que compro debe ir solo con el IVA o con recargo de equivalencia puesto que también vendo los paquetes que compro registrando la venta como material de papelería. Me han comentado que puesto que mayormente el papel lo uso para servicios de copistería la factura deben hacérmela solo con el IVA y que las ventas de los paquetes de folios que realice las registre en caja como venta de copistería aunque sea material de papelería. ¿Debo hacerlo así?

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Efectivamente el servicio de fotocopiadora o copistería no estará en el recargo de equivalencia. Y los folios de la fotocopiadora te los pueden facturar sin recargo, siempre que diferencies bien las facturas con el proveedor: las de la copistería sin recargo, las de la papelería con recargo.

Muchas gracias por la respuesta. Suelo advertirle al proveedor cuándo quiero que me facturen con recargo y cuándo no dependiendo de si se trata de material de papelería o de material para servicios de copistería. Lo que no me queda claro es dónde debo incluir las ventas de paquetes de folio si en copistería o en papelería ya que vuelvo a incidir en que el papel que compro en grandes cantidades lo utilizo tanto para hacer fotocopias e impresiones como para vendérselo a los clientes, es decir, no compro un papel para copistería y otro para vender a los clientes como material de papelería (que sí podría llevar recargo de equivalencia en caso de que hiciera dos pedidos diferenciados). ¿Lo debería incluir como venta de copistería entonces?

Saludos y gracias de nuevo pro su respuesta.

Claro, si lo has comprado sin recargo debes incluir la venta como copistería. Lo que vayas a vender por papelería sí que lo habrás comprado con recargo. Debes indicar a tu proveedor en cada pedido si es para copistería o para papelería, es decir, si debe aplicarte el recargo o no. Es un tanto rollo, tanto para ti como para tu proveedor, pero el único modo de cumplir legalmente sin miedo a una inspección es ese. Hay numerosas consultas vinculante de la AEAT que así lo corroboran.

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