Cargas por servidumbre de luces y vistas

Acabamos de pedir una nota simple en el registro de la propiedad y pone lo siguiente: CARGAS, ademas de

Las afecciones fiscales por si misma, las siguientes. Servidumbre: OBSERVACIONES, SERVIDUMBRE DE LUCES Y Y VISTAS, aparte de lo que sigue, mi pregunta es la siguiente,¿esto es una carga sobre la vivienda?

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No es una carga económica, si se refiere a esto.

Es una carga en el sentido de que tiene una obligación de respetar las luces y vistas de algún vecino suyo y, por tanto, limitando las posibles obras que Ud. se pueda plantear, a la hora de levantar muros, etc.

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