Derecho a desempleo después de autónomo
Tengo una duda en cuanto al cobro de la prestación de desempleo. En la actualidad estoy trabajando en una empresa en Régimen General y por una serie de circunstancias me quiero marchar y ponerme por mi cuenta. Planteo varias cuestiones:
- Si me va mal como autónomo y me he ido voluntariamente de la empresa, ¿podría acceder al desempleo con sólo trabajar después por cuenta ajena durante un tiempo? Si es así, ¿Qué base de cotización se tendría en cuenta para el cobro? ¿La generada en Régimen General o la de autónomos?
- Si me despiden, cobro un mes de desempleo y me pongo como autónomo y después ceso la actividad, ¿cuánto tiempo podría estar como autónomo para poder reengancharme a ese desempleo? En este caso para cobrar el desempleo, ¿tendría qué darme de alta en otra empresa también? Entiendo que al haber empezado a cobrar el desempleo antes de ser autónomo, cobraría lo correspondiente a ese paro generado anteriormente, ¿no es así?.
En cualquier caso necesito saber que me conviene más para poder cobrar ese desempleo generado después de ser autónomo: Si es necesario que me despidan o es indiferente y puedo darme de baja voluntaria para después en el hipotético caso de irme mal por mi cuenta pueda acceder al desempleo...
¿Qué debo hacer?