Hay cuatro herederos en una herencia y uno está incapacitado judicialmente

Tengo una serie de dudas con respecto al siguiente tema:

Hay una familia en la que habia un matrimonio y 4 hijos. Uno de los hijos está incapacitado judicialmente, y sus tutores- patria potestad prorrogada la tenían los padres. Fallece el padre con testamento, y lega aparte de otras cosas, a su hija fallecida el dinero existente en cualquier entidad bancaria.

Aun no se ha echo partición de la herencia porque hay mala relación entre hermanos y con la madre, pero es necesario que la incapaz reciba ese dinero para su cuidado.

¿Qué solución tengo para que esa niña pueda disponer de ese dinero?

1 respuesta

Respuesta
1

Dice que lega a su hija fallecida. Supongo que es un error.

Si los padres tenían la patria potestad prorrogada y la madre todavía vive, ella sigue siendo la responsable de su hija y la que tiene derecho a administrar los bienes de ella. Por lo tanto, es asunto de la madre y la hija y nadie tiene por qué interponerse, pero si la madre estuviera descuidando su obligación en el cuidado de la hija, tal vez debería ponerse el caso en conocimiento de la autoridad para su protección.

Si usted aprecia que eso es así, lo primero sería comunicar el caso a los servicios sociales correspondientes que se asegurarán que esa persona esté bien atendida.

Si ha sido un error mío por que la hija no está fallecida! perdona!!. ante todo muchas gracias por contestarme.

la niña si está bien atendida, el problema es que me habían comentado que como la madre tmb forma parte de la herencia y la hija también hay un conflicto de intereses y que por eso hay que nombrar un defensor judicial para este caso concreto de aceptación de la herencia en nombre de la hija ya que supuestamente la madre no puede aceptarla en su nombre.

esto es correcto? mil gracias de nuevo un saludo 

Pues es principio si es así. En la partición de la herencia hay un conflicto de intereses porque la madre es coheredera. Pero el conflicto cesa en cuanto la herencia se haya partido. Debe ponerse el asunto en conocimiento del ministerio fiscal. Creo que debéis acudir al juzgado y pedir por el ministerio fiscal. Allí le explicáis el caso a la persona que os atienda y ya sabrá lo que hay que hacer.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas