¿Quién calcula la masa hereditaria y cómo?

Acerca del cálculo de la masa hereditaria de cara a solicitar la legítima nos surgen varias cuestiones: siendo ambas hijas herederas universales y la cónyuge usufructuaria universal y vitalicia sin obligación de hacer inventario ni prestar fianza.

1) ¿Quién se encarga de recabar la información sobre los bienes? Particularmente nos preocupa lo referente a las cuentas bancarias. ¿El notario se fía de la información aportada por el cónyuge o recaba información adicional?

2) ¿El saldo de las cuentas se calcula a día del fallecimiento? ¿O por contra es el más alto entre el de finales del año anterior o el saldo medio del trimestre previo a fallecer? Hemos encontrado informaciones contradictoras a ese respecto.

3) ¿En caso de que los cónyuges tuviesen separación de bienes cómo se procedería con las cuentas y depósitos en que ambos fuesen titulares? Es legal retirar el dinero de las cuentas y llevárselo a cuentas privativas de uno de los cónyuges, ¿mientras el otro se halla ingresado en el hospital a punto de fallecer?

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El notario no recaba la información sobre los bienes, son los herederos los que aportan esa información. Pero ustedes como hijas pueden ir al banco con un certificado de defunción y pedir el saldo de las cuentas el día de la muerte.

No se donde han encontrado esas informaciones contradictorias, porque está más que claro que para el caso de las herencias no hay ningún tipo de promedio, El dinero era de su padre y pudo gastarlo como le diera la gana. Ustedes solo heredan lo que había cuando murió.

Si las cuentas tenían más de un titular se considera que el dinero era a partes iguales. Cuando uno abre una cuenta hace un contrato con un banco en unas determinadas condiciones. Lo habitual es que los cotitulares puedan disponer del dinero indistintamente, por lo tanto aunque al momento de morir se considera que hay partes iguales, mientras los titulares están vivos pueden sacar tanto dinero como quieran.

Es posible que uno de los conyuges saque casi todo el dinero, pero cuando se abre una cuenta indistinta, se están aceptando unas condiciones y una de ellas es que cada cotitular puede sacar, si quiere, todo el dinero que hay. Por lo tanto cuando abrió la cuenta en esas condiciones el marido aceptaba que su esposa pudiera sacar el dinero cuando quisiera. Si no lo hubiera querido, debió contratar otras condiciones.

Si ustedes piensan que les han quitado parte del dinero que les correspondía pueden denunciarlo, pero tendrán que demostrar que realmente la voluntad de su padre era que fuese para ustedes, porque independientemente de lo que pone el testamento, se supone que cuando hizo el contrario bancario, sabia y aceptaba las consecuencias de abrir ese tipo de cuenta.

No pueden decir que les han quitado parte de su herencia porque la herencia no existe hasta que uno fallece.

Resumiendo: Por muy poco honesto que fuera sacar el dinero, a mi entender es legal, porque el testamento solo determina lo que se hará con la herencia y ésta no existe antes de la muerte. Respecto de lo que se haga antes con el dinero, era voluntad del difunto que su esposa lo pudiera sacar cuando quisiera.

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