En su contrato de arrendamiento aparece un número de cuenta para ingresar la renta. Si no aparece (porque su casero la cobraba personalmente en efectivo) tiene que enviarle a su domicilio un burofax diciéndole que o pasa a cobrar o que iniciará un expediente de consignación judicial. Que su casero esté vivo o muerto no es asunto que usted esté obligado a saber, y por tanto, hasta que sea notificado formalmente del fallecimiento por el nuevo titular (heredero o comprador) debe proceder como si estuviese vivo. Cuando reciba de vuelta el burofax, puede hacer el expediente de consignación judicial. Tiene excelentes modelos en internet, en que no hay más que rellenar los datos.