Embargo de nomina improcedente y devolución

Resulta que por unas deudas que tengo con mi ex-esposa me van a embargar la nomina.

Mi abogado dice que la resolucion del Juez la va a impugnar porque su señoria me niega mi defenda ya que solicitio unos documentos al juzgado de la Seg. Social y hace caso omiso y me condena a pagar.

Si se consigue anular la resolucion del juez y me embargan la nomina dice mi abogado que me devolveran el importe embargado.

Sabemos que la parte contraria puede pedir al ljuzgado el ingreso directo en su cta. Cte.---------- (¿nos podemos negar y pedir que el ingreso se haga en cta. Cte. Del juzgado?)---------- Del embargo pero, ¿qué pasa si se consigue anular la orden de embargo y me han de devolver el importe? Porque claro, mi ex como que no me va a devolver nada voluntariamente, ¿la tendre que demandar?

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Fran: abandone toda esperanza. Sobre sus cuentas corrientes y nómina no habrá embargo, sino un ciclón que se lo llevará todo. No solo eso. El dinero que están a punto de arrasarle se va con billete de ida y con dos alitas: jamás verá nada de vuelta. No habrá piedad para usted, Fran. Su empresa recibirá una orden que cumplirá a rajatabla, sin faltar un céntimo. Entiéndalo: hasta el último y recóndito céntimo, hasta unas cantidades estelares de intereses, gastos, costas e intereses sobre lo anterior. No despilfarre tiempo, dinero y nervios. Está usted siendo ejecutado (en el peor sentido) y debe aceptar su Destino con resignación y sabiduría. Ya llegará la némesis. Ahora, a pagar el facturón que se cierne implacable sobre usted.

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