Venta de vehículo con precinto seguridad social

Estoy en paro tenia una furgoneta a la cual no podía por razones obvias ni pasar itv, ni pagar seguro, tiene un precinto de la seguridad social, la tenia en un garaje del cual hace poco he tenido que sacar, fui a preguntar a la seguridad social, si se la quedaban, pues en la calle me informaron que no podría estar, sino me pondrían una multa de hasta 3000€, me dijeron que no les interesaba quedarse con el coche, fui también a hacienda pues con ellos también tengo una pequeña deuda y tampoco la quisieron.

Estaba ya desesperada cuando me contaron que en Internet hay gente que las compra así, llame y se la di a una persona, la cual ya sabia como estaba y me comento que el se haría cargo de todo, se la llevo y no hay manera de que la cambie de nombre, hablo con el, que lo mio me cuesta que me conteste al móvil y si mañana, si pasado y nada. He ido a trafico a ver si podía darla de baja y nada sino pago el precinto nada. He ido a comisaria a ver si podía poner algún tipo de denuncia y me dicen que tampoco.

Estoy muy preocupada y no se que hacer os agradecía muchísimo si me pudieseis orientar en que puedo hacer, pues hagan lo que hagan con ella lo voy a tener que pagar yo.

Intente solucionar un problema y me he metido en uno mucho mas grande

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Haz un contrato de compra-venta del vehículo (cosa que deberías haber hecho), en el que conste explícitamente que informas al comprador del embargo del vehículo, del importe de la deuda y de que asume el pago de la misma. Que te lo firme por duplicado, una copia para el y otra para ti y con tu copia y fotocopia de su DNI, haces una transferencia en trafico.

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Ante todo, seamos realistas. La persona que ha "adquirido" el vehículo no va a firmar ningún Contrato de compra del mismo ni se va a comprometer a asumir el levantamiento del embargo. Simplemente se ha aprovechado de una situación casi desesperada y de un cierto grado de ingenuidad por parte de la propietaria del mismo.

Salvo mejor opinión, la propietaria ha "vendido" un vehículo embargado por la Seguridad Social (SS) con la única "cobertura legal" de una supuesta negativa de la SS a proceder como corresponde según la normativa vigente: primera subasta; si no hay postores o no se alcanza el precio de partida estipulado, segunda subasta; y, si tampoco se consigue adjudicar el vehículo a nadie, almoneda, en la que se adjudicará el vehículo el mejor postor sin que haya un precio de salida previamente establecido.

Evidentemente, si se trata de un vehículo comercial (furgoneta), de segunda mano y con unos cuantos años y miles de quilómetros a cuestas, es posible que ni siquiera en la almoneda haya postores. En ese caso se procedería a la adjudicación directa del vehículo a la Tesorería de la Seguridad Social y sobre ellos recaería el problema de que hacer con el mismo. Por eso, ni la SS ni la AEAT han demostrado ningún interés por tramitar la subasta del vehículo embargado.

Sin embargo, la propietaria debería de haber conseguido una respuesta razonada y por escrito por parte de los órganos de gestión recaudatoria de ambos organismos. Al no disponer de esa respuesta por escrito, de hecho ha dispuesto de un bien que no era suyo y podría ser acusada de apropiación indebida. Luego está en la "cuerda floja" tanto desde la perspectiva tributaria, como administrativa y penal.

De todo eso ha sacado partido el "adquirente" del vehículo. A sabiendas de que la propietaria está "maniatada" (imposibilitada de hecho y de derecho) para emprende cualquier acción contra él.

Recomendación: busque un asesor de su confianza (preferentemente un abogado especializado en procedimiento tributario y administrativo) y rece (o cruce los dedos) para que ese asesor encuentre la fórmula de "desfacer entuertos" antes de que recaigan sobre usted las acciones punitivas de la Administración.

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