Embargo vehículo

Tengo un vehículo de empresa que tiene un embargo de la seguridad social, ¿el valor de la deuda son uno 8000?, por no haber pagado los TC, es de mis empleados ya que als cosas me empezaron a ir mal. El coche puede ser precintado en cualquier momento y salir a subasta. Mi pregunta es, ¿si el coche no sale a subasta en 6 meses por ejemplo y yo no pago la deuda, el importe de la deuda que ahora está en 8000?, ¿Puede generar intereses y así ascender la cantidad de la deuda? ¿O una vez que el coche está embargado a la espera de precinto y salida a subasta la deuda ya no genera intereses? En el caso de que siga generando intereses ¿cuántos puede generar al año? No se si los intereses que generan son el interés del dinero que ahora está en un 4% Esta deuda en la que ya hay un bien embargado y a la espera de que lo puedan precintar ¿prescribe?

4 Respuestas

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Una vez que ya esta el expediente en vía de embargo ejecutivo, no genera intereses.
Lo que le puede suceder es que el valor de la subasta no llegue a cumplir con la deuda, quedando el resto pendiente.
Las deudas personales prescriben a los 15 años, pero algunas de la seguridad social a los 10.
Agradecemos valoración de la respuesta.
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Efectivamente esa deuda sigue generando los intereses legales hasta el momento de su pago
En este enlace tiene una calculadora de intereses con el que podrá comprobar cuantos intereses pueden devengarse
Al haberse reclamado ya la deuda y estar embargado el bien no cabe posibilidad de prescripción
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Se seguirán generando intereses al interés legal del dinero.
La deuda no prescribe, porque ya está en ejecución de sentencia.
Si el coche no liquida la deuda usted responderá de la deuda con todos sus bienes, presentes y futuros.
Pero si me precintan el vehículo... en el momento que precinten yo puedo levantar el precinto pagando la deuda total ¿no?. Supongamos que el coche no liquida, ¿si quedan sin liquidar por ejemplo 3000? Y yo los pago, el coche ya estaría libre de cars ¿no?. También tengo otra pregunta. En el momento que el coche salga a subasta y no hay ningñun comprador... ¿qué ocurriría?. Yo actualmente no tengo ningún bien.. solo mi sueldo
Gracias
Si usted salda el total de la deuda, deberá esperar a que el juzgado le diga si puede o no quitar el precinto.
No entiendo su segunda pregunta.
Si el coche sale a subasta, lo podrá comprar cualquier persona, si no hay licitadores, lo podrá comprar el acreedor por el 70 % del valor de la subasta. Pero si la subasta queda desierta se volverá a poner otra fecha de subasta.
Si usted no dispone de otro bien, salvo el sueldo, le embargarán una parte de su sueldo para realizar el pago
Muchas garcías, la segunda pregunta era:
Al celebrarse la subasta si el coche no liquida el total de la deuda ( ya que el valor del coche es inferior a la deuda existente), ¿por ejemplo quedan 3000? De deuda, habiendo salido el vehículo a subasta... ¿esos 3000? Los debo de pagar ¿no?. En el caso de que los tenga que pagar...¿puedo pagar la deuda con el embargo mensual de mi nómina?.
Otra cosa... me ha dicho que si el coche no es vendido en subasta y no es comprado por el acreedor, se vuelve a celebrar otra subasta, bien pues mi pregunta es... si se siguen celebrando subastas y nunca lo compra nadie, ¿qué puede pasar?.
Gracias y perdón por no haberme expliacado bien.
Sí, puede pagar esa deuda con el embargo de la nómina, no obstante, debe tener en cuenta que debará satisfacer los honorarios de abogado y procurador correspondiente a la ejecución, es decir, la deuda aumenta.
Lo que puede pasar es que su deuda vaya creciendo y le irán embargando todos sus bienes hasta que se salde la deuda.
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La deuda sigue generando intereses hasta que se satisface totalmente, es decir, hasta que subasten en vehículo y se cobren la deuda. El interés es el legal del dinero incrementado en dos puntos.
Si sale a subasta y no llega para la deuda, le buscarán más bienes para embargárselos.
Pero si el bien no liquida toda la deuda en la subasta... lo que queda lo puedo pagar para dejarlo todo a cero ¿no?, de esa forma no me me buscarían más bienes. De todas formas actualmente no tengo nada, solo mi nómina. Tengo otra duda... si el bien no liquida la deuda en subata... ¿con el importe que queda puedo pedir un aplazamiento y que me embarguen la nómina? ¿O tendría que pagar todo el importe sobrante después de la subasta?.
Gracias
Perdón, pero se me ha olvidado algo. Existiendo un bien embargado...¿la deuda puede prescribir?.
Si paga el resto la deuda quedará cancelada. Puede pedir un aplazamiento pero debe ser aceptado por la otra parte. Si no pide aplazamiento, le embargarán la parte proporcional de la nómina si tiene, y ya esta´.
Mientras haya embargo, la deuda no prescribe.

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