¿Me debe indemnizar el arrendador?

Resido en una vivienda en régimen de alquiler con opción a compra desde Jul/2014 hasta jul/2016.Hace 2 meses aparecieron distintas grietas en las paredes que notificamos al arrendador, y éste lo notificó a su seguro. Descubrimos que había una fuga de agua en la parcela, cuestión que también comunicamos y por la que cortamos el agua de toda la vivienda (casa y jardín), de esto hace ya dos meses. El perito del seguro visitó la vivienda y la compañía desestimó el arreglo ya que las grietas aparecen en los mismos puntos que grietas antiguas. El arrendador solicitó un perito del colegio de arquitectos para tratar de que se llegara a la declaración de ruina y no tener que hacer los arreglos, pero evidentemente la cuantía no merece esa condición ya que dice que el presupuesto de todo el arreglo sería de unos 15.000€. El arrendador me insta a cancelar el contrato, algo que no me interesa ya que perdería todo lo aportado en las cuotas (7.800€ de los que el 70% se descontaría de la compra), le propuse una indemnización de 2.600€ para poder hacer el traslado a una vivienda por la misma zona (ya que tengo que compaginar trabajo y colegio de mis hijas) y también se niega. Me ofrece la compra de la vivienda en las mismas condiciones rebajando el importe de la reparación, pero hasta jun/2016 no tengo opciones hipotecarias para conseguir la compra. El próximo día 10 tengo que hacer el pago de la mensualidad de la vivienda, pero el arrendador ya ni me responde a los correos. ¿Envio un burofax (que puede que no recepcione) o directamente he de ir a un juzgado?. ¿Puedo notificar la situación en el juzgado de paz del Municipio?

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Respuesta

Podría tener cabida la reclamación por vicios ocultos, pero para ello habría que examinar el contrato que firmaron.

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