Jubilación después de la extinción del contrato
Acudí a una oficina del INEM y me explicaron que si el juez me concede la extinción del contrato por incumplimiento de las condiciones de subrogación, iría dos años al paro y después pasaría al subsidio de más de 55 años hasta alcanzar la edad que me correspondería para jubilarme parcialmente si estuviese activo. Donde sería jubilado sufriendo una penalización por el tiempo adelantado años 65 años. ¿Es así como me han explicado?
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Respuesta de marazul123
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Respuesta de Ags Graduados
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