Gastos a la hora de comprar un local (barato)

Voy a comprar a un familiar un local a un precio muy barato. Me han comentado por encima que puede haber problemas al ser tan barato.

Investigando por internet, he reunido alguno de los gastos típicos de la compra:

-ITP (Impuesto de Transmisión de Patrimonio): según comunidad
-Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: 1%
-Notaría
-Tasación
-Registro

¿Me falta algo? ¿Qué ocurre con lo de comprar más barato del precio "normal"?

Respuesta
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Si. Además de los gastos que indicas, que estás bien documentado, si comprar excesivamente barato, te llegará una carta de hacienda diciendo que el valor mínimo del bien que has comprado es (el que ellos digan) y que por tanto el ITP, lo tendrás que pagar por ese valor y no por el que tu declaras de compra.

Es así. A mi me parece un timo, que tal como están las cosas, hacienda te diga "para mi vale esto y tu me pagas impuesto por lo que vale".

Lo he vivido en carnes propias con una plaza de garaje y conozco a clientes que han realizado inversiones y que después hacienda les dijo que no, que no eran tan baratas. Que tenían que pagar impuestos por más.

Siento cabrearme, pero es que me parece sinceramente una estafa oficializada.

Gracias Emilio por tu respuesta, la verdad que se pasan con estas tarifas.

¿Sabes si la plusvalía se ve afectada también? No se como se calcula exactamente pero creo haber leído algo del precio de venta.

Aunque sea el comprador, voy a pagar la parte correspondiente a la plusvalía de mi familiar.

Saludos

Creo que "Adruino Abogados" de ha asesorado muy bien.

No soy experto en temas de transacciones, pero creo recordar que si que afecta a la plusvalía la revisión del precio, así como al valor catastral que se fija para pagar el IBI cada año.

2 respuestas más de otros expertos

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Si compra muy barato le pude venir una inspección diciendo que el local que usted ha comprado por por en realidad vale x+1 y pedirle que abone los impuestos correspondientes a ese +1

Los gastos pues la antigua regla que el 10% sobre el precio de compra se sigue usando.

SAludos: adruino. Tk

Muchas gracias por su respuesta Adruino Abogados.

En este caso lo haré por subrogación y el resto en un pago. Imagino que donde se refleja la "cantidad de compra" es en el registro ¿cierto? Sino...siendo subrogación, no habría otra forma de que supieran el precio.

Por otro lado, al comprar barato y que me puedan reclamar el resto...¿Será solo el resto expresado en el ITP o impuesto que sea o vendrá algún recargo más?

Gracias!!

En la escriturará figurará todo el precio, sobre ese precio usted pagará nos impuestos y si hacienda no está de acuerdo, le remitirá una comunicación sobre la cual usted podrá alegar o bien asumir ese gasto.

Entiendo, el caso es que el precio es bajo, simplemente porque mi familiar quiere ayudarme. No puedo escriturarlo por más para no perjudicar a mi familiar.

Solo espero que si Hacienda me quiere cobrar, solo sea la parte pendiente en forma de impuesto y no recargos extraños elevados.

Le agradezco su ayuda.

El Gobierno mirará el precio por metro cuadrado de precio de mercado, valor de tasación y calor catastral (si no recuerdo mal), y le aplicará el menor de los tres... supongamos que compra por 100 y el menor de los tres valores es 125, pues le girarán una paralela por esos 25 de menos. Usted podrá formular alegaciones si no está de acuerdo con esa valoración.

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Totalmente de acuerdo con la respuesta dada por el compañero. Podría tener problemas con hacienda.

Gracias!

Acabo de caer en una cosa, soy de Andalucía y aquí el ITP se calcula desde el valor catastral siendo multiplicado por 1,24. En tal caso, no tendría nada que ver con el valor escriturado ¿Puede ser? De ser así pagaría directamente y desde un principio el valor total sin tener problemas con Hacienda.

Creo que se confunde, lo que ha visto debe ser el impuesto de la plusvalua que si que va en función del valor del catastro ; pero el ITP es sobre el precio escriturado. Lo que puede variar de una Comunidad Autónoma a otra es el tanto por ciento que pagará; pero la característica de los impuestos todos son lo mismo. Le recomiendo que se asesore bien antes de comprar una vivienda demasiado barata.

Muchas gracias Carmen,

La fuente donde me informé fue este artículo: https://www.forovivienda.com/articulos/articulos-sobre-vivienda-en-propiedad/453-que-precio-pongo-en-la-escritura-de-compraventa-itp-en-andalucia 

En el aclara que "el precio que utiliza la propia administración de hacienda como referencia es el valor catastral multiplicado por un coeficiente".

¿Es erróneo entonces? Gracias por su aclaración.

Esto se refiere al Impuesto de la plusvalía, es el que se paga al Ayuntamiento por el incremento del terreno cuando se compra una vivienda.

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