Te dejo el siguiente enlace de la Seguridad Social http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionordinaria/Requisitos/177422 .
Por lo que respecta a la pensión mínima en el caso de jubilación te dejo otro enlace en el que encontraras los importes mínimos de las pensiones de la Seguridad Social http://agsgraduados.es/blog/pensiones-minimas-seguridad-social-2015/
Efectivamente puedes realizar lo que se llama un convenio especial para que puedas auto cotizar a la Seguridad Social, aunque es importante que antes sepas si la inversión que pretendes hacer la vas a recuperar o si por el contrario te compensa.
En el caso que quieras que te hagamos un estudio de la jubilación evaluando diferentes situaciones, contacta con nosotros a través de www.agsgraduados.es o directamente en [email protected] , te solicitaremos la documentación que necesitamos.