Balcón cerrado y añadido a la habitación

Hace unos 10 años compré un piso que tenía el balcón cerrado y el tabique exterior tirado para añadirlo a la habitación. Ahora se está haciendo la fachada de la casa y arreglando los balcones y me planteó la posibilidad de quitar el cerramiento.

¿Podría reclamar al anterior propietario que se haga cargo de la obra, ya que fue él quien tiró el tabique?

La empresa encargada de la obra de la fachada y la comunidad, me quiere hacer firmar un documento, en caso de no quitar el cerramiento, eximiéndoles de toda responsabilidad en caso de futuras humedades.

Independientemente de mantener o no el cerramiento ¿Tengo obligación de firmar?

3 respuestas

Respuesta
2

Extraño caso el de la empresa que le quiere hacer firmar ese documento, supongo que le habrán dicho que, de no firmarlo, no harán nada en su fachada, lamentable y... denunciable, aunque con difícil solución. Lo de reclamar al propietario anterior... 10 años después... y habiendo visto el piso... nulas posibilidades de prosperar.

Respuesta
1

En principio ese asunto ya es solo tuyo porque al comprar lo hiciste tal y como está en este momento o sea que recibiste a satisfacción, a menos que haya una cláusula en el contrato de venta en la que se indique alguna situación como la que describes. No entiendo porqué te proponen firmar ese documento, podrías ampliar mas ese asunto.

Lo primero de todo agradecerte que contestes a mi pregunta. Esta es la parte referente a este asunto sacada el Acta de la reunión de vecinos.

"Debido a las características de rehabilitación con fachada ventilada (debido al aumento de volumen de la fachada), los encuentros de la fachada contra el cierre del balcón, provocaría que desde el interior del balcón viera la cámara de la fachada. Por otra parte en cuanto a la impermeabilización del suelo del balcón, no se podría correr la tela por debajo de la carpintería metálica y por último los frentes del balcón, revestidos con aluminio composite, quedarían rematados con sika o algún sellante análogo .Por tanto estos cierres provocan que la obra de rehabilitación no se pueda ejecutar tal y como está proyectada.

 Por tanto, ni el Arquitecto, ni la Contrata se harían cargo de una posible humedad, provocado por dicho cerramiento metálico. Debido a que la fachada es un elemento común, el responsable subsidiario por tanto sería la comunidad. Por ello, la Comunidad, debido a que por acción de un propietario (la instalación a cuenta propia de un cierre metálico), después debería hacerse cargo de un posible siniestro de aguas, decide por mayoría de los presentes, que todo aquel copropietario que ahora no elimine su cerramiento, será el responsable de cualquier entrada de agua provocada por dicho cerramiento.

 Asimismo se decide por mayoría que en el caso de que después se elimine dicho cerramiento, será a su costa las obras necesarias que deban realizarse para mantener la uniformidad de la fachada, es decir, instalación del aislamiento correspondiente (SATE), así como la impermeabilización del suelo del balcón con sus baldosas y la instalación de la barandilla de aluminio.

Todo esto deberá quedar reflejado en un contrato que deberá firmar el copropietario que deje su balcón cerrado, con la Comunidad, y que se extenderá a un posible nuevo propietario, en caso de que la vivienda fuera vendida. 

A este respecto se confeccionarán unas nuevas normas de comunidad que articulen, no solo la convivencia de los vecinos, sino también la imagen exterior del edificio, para que una vez terminada la obra de rehabilitación de la fachada, no haga cada copropietario lo que quiera."

Si la empresa contratada para la obra no asume todos los pormenores de cada piso tal y como está en la actualidad deberán cambiar de empresa. Nunca ni jamas debes firmar semejante despropósito de documento. En junta debes exponer estos asuntos que demuestran como la contrata va a pasar les factura de cobro a ustedes si su trabajo sale mal. En ese orden de ideas la empresa que se contrate deberá asumir cada particularidad de los pisos y dar una respuesta técnica para hacer cada trabajo. Otra cosa muy diferente es que después de hacer esos trabajos algún vecino decide hacer obras sobre el trabajo realizado y ahí si cabe todas las responsabilidades civiles y penales por tal actuar.

Respuesta
1

Primero, cuando compraste, sabías el estado en que estaba la vivienda, por lo que las obras o reformas que hizo el anterior propietario las tienes que asumir.

Segundo. Una empresa tiene que hacer correctamente su trabajo y asumir antes de comenzar la obra las complicaciones que va a tener la misma.

No te pueden hacer firmar documentos para eximirles de ninguna responsabilidad. La obra que aceptaron realizar estaba en esas condiciones y deberán de tomar las medidas técnicas y constructivas necesarias para dejarla adecuadamente una vez rematada las obras.

El cierto que las contratas a veces se pasan de frenada. Seguro que no vienen a comentarte que si ellos no te dan garantías tu no les pagas tu parte de la obra. Seguro que a eso no se ofrecen.

Muchas gracias por responder a mi pregunta.  En la respuesta anterior, he puesto la parte del Acta de reunión de vecinos referente a este tema. 

Todavía no me han presentado ningún papel para firmar, pero me gustaría informarme primero de si tengo obligación de hacerlo, o ellos tienen derecho a exigírmelo.

Como ya te comenté, como empresa que ha presupuestado y va a ejecutar la obra, tiene la obligación de conocer adecuadamente la obra a ejecutar con todos los pormenores.

Como esa es su obligación, tienen igualmente la obligación de dejar la obra adecuadamente resuelta sin "escaquearse" en los temas que puedan ser un poco más complicados de ejecutar.

No tienes obligación de firmar nada. Es una obra comunitaria que debe de resolverse tal y como estaba el edificio cuando se contrató.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas