Piscinas: ¿Las podemos firmar los arquitectos técnicos?

Me gustaría saber si dentro de nuestras competencias estaría incluida el desarrollo completo de piscinas de obra.

Me han propuesto formar parte de una empresa que se dedica a ello y me contratarían para ser la aparejadora exclusiva de ellos pero con la condición de que yo me pueda encargar por completo del proyecto, firma y ejecución de éstas.

Después de tantos años buscando algo relacionado con lo mío no quiero dejar escapar esta maravillosa oportunidad.

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El tema yo lo veo muy fácil. Si tu colegio profesional de visa esa documentación, entonces es que estás habilitada para ello. Los colegios profesionales se cuidan mucho de dar cumplimiento a la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) y la ley de visado profesional del año 2000.

En el ayuntamiento que yo trabajo, los servicios jurídicos nos lo han dejado muy claro. Los técnicos que traigan los proyectos visados por su colegio profesional, son competentes para la obra que presenten. Si existe alguna reclamación, será responsabilidad directa del Colegio Profesional que visó el documento.

Yo no le daría más vueltas. Con un proyecto visado estás cubierta por tu Colegio Profesional y en tal caso, la responsabilidad de acreditar tu competencia es de ellos.

Gracias Emilio por la respuesta, pero como aún no he tenido la oportunidad de trabajar mucho por mi cuenta tengo que ponerme al día con la L.O.E. y conocer un poco más hasta donde podemos llegar.

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