Multa estacionamiento en zona reservada a la circulación

Me han multado citando el articulo 94.2A.10

Y citando el siguiente texto: Estacionar en carril o parte de la via reservados exclusivamente para la circulación

Buscando online he visto que el artículo mencionado no corresponde a la descripción dada. Si no he entendido mal debería corresponder a 'Estacionar en carril reservado para las
Bicicletas.'

¿Puede ser esto un motivo de recurso válido?

3 respuestas

Respuesta

¿Quién te denunció y en base a que normativa? Me explico la Guardia Civil y las Policías Autonómicas denuncian al Código de Circulación o Reglamento General de Conductores. Las Policías municipales, deben denunciar a la Ordenanza municipal que regule el tráfico, si tienen transferida las competencias de tráfico, y el articulado no tiene porque coincidir con el CC o RGC aunque normalmente si suele hacerlo. Por tanto, para alegar defecto de forma, debes solicitar la legislación en base a la que te denuncian, y tener en cuenta, que no todos los defectos causan la nulidad de los actos, y que estos son repetibles si pueden subsanarse, es decir, debes sacar foto del lugar donde te denunciaron, donde se vean las señales de prohibición o marcas viales, pues entiendo que los datos del vehículo son correctos, y se denunció por que efectivamente estaba mal estaciobado. En todo caso mira si la compañía de tu SOA, te incluyó servicio de reclamación de multas, que sus abogados se conocen todos los vericuetos y argucias para alegar.

La denuncia la realizó un policía local con la base del RGC

Ya te han respondido, lo veo exactamente igual.

Respuesta

Poder recurrir, puede hacerlo, de ahí a que prospere... lo vemos difícil, según la cuantía y el descuento por pronto pago puede salir a cuenta recurrir o no... pero de entrada el recurso tiene pocos números de prosperar.

Respuesta

Aunque la pregunta ya ha sido respondida, en este caso creo que más opiniones dan más peso. Por ello, coincido con las otras dos respuestas. Si existiera un error en la matrícula (sin prueba fotográfica) o en los datos del conductor (si constasen), podría recurrirse con ciertas garantías. Con un defecto como el que comenta, que es fácilmente subsanable, y existiendo realmente la infracción... Difícil...

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