Multa por aparcar en "vado permanente"

Ayer me multaron en Torrelodones (Madrid) por aparcar en la puerta de un garaje, junto a la tienda donde estaba comprando (no fueron más de 10 minutos, aunque ya sé que ésto da igual). Al salir, el dueño había avisado a la Policía Local, que procedió a rellenar y a entregarme la multa por infracción del artículo 94.2 del Reglamento General de Circulación. En el texto pone: "Estacionar en zona reservada al servicio de determinados usuarios. Entrada/salida de inmueble señalizado con placa de "VADO PERMANENTE"".
A ambos lados de la puerta del garaje hay sendas placas de "prohibido aparcar" (la señal más el texto), pero no ponen "vado permanente" ni el número de vado que (creo que normalmente) otorga el Ayuntamiento a cambio de la tasa correspondiente. ¿Puedo recurrir la multa por este motivo? Es decir, ¿eso es un "vado permanente"? ¿Dónde puedo encontrar un recurso ya redactado?
Otra pregunta: me dieron la multa en mano (aunque no la firmé), pero ¿debo esperar a que me llegue la notificación a mi domicilio, o ya no la mandan?

1 respuesta

Respuesta
1
En un recurso se puede y se debe alegar todo aquello que no creamos justo en derecho.
En el recurso haga constar que se compruebe si efectivamente consta en los archivos de tráfico del Ayuntamiento que ese vado está en vigor. NO es necesario que conste en la placa el nº, solamente si en ese domicilio se paga dicho vado, aunque entiendo que si la Policía Local lo ha denunciado ellos estarán más o menos al corriente de estos asuntos.
De todas formas la L.S.V. dice que nadie podrá entorpecer la circulación de otros vehículos a no ser causas de fuerza mayor.
Un sitio donde puede encontrar ejemplos de recursos, es en la web: www.terra.es/personal/waltrap/mapa.htm .
-
Muchas gracias.
Gracias por su respuesta.
Otra pregunta: me dieron la multa en mano (aunque no la firmé), pero ¿debo esperar a que me llegue la notificación a mi domicilio, o ya no la mandan?
Cuando el Agente entrega la multa, se da por notificada con lo cual ya le empiezan a contar los plazos para recurrir dicha denuncia.
De todas formas le llegará a su domicilio una nueva notificación del Ayuntamiento, reiterando la denuncia, plazos e importe entre otros datos.
-

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas