Multa por aparcar en "vado permanente"
Ayer me multaron en Torrelodones (Madrid) por aparcar en la puerta de un garaje, junto a la tienda donde estaba comprando (no fueron más de 10 minutos, aunque ya sé que ésto da igual). Al salir, el dueño había avisado a la Policía Local, que procedió a rellenar y a entregarme la multa por infracción del artículo 94.2 del Reglamento General de Circulación. En el texto pone: "Estacionar en zona reservada al servicio de determinados usuarios. Entrada/salida de inmueble señalizado con placa de "VADO PERMANENTE"".
A ambos lados de la puerta del garaje hay sendas placas de "prohibido aparcar" (la señal más el texto), pero no ponen "vado permanente" ni el número de vado que (creo que normalmente) otorga el Ayuntamiento a cambio de la tasa correspondiente. ¿Puedo recurrir la multa por este motivo? Es decir, ¿eso es un "vado permanente"? ¿Dónde puedo encontrar un recurso ya redactado?
Otra pregunta: me dieron la multa en mano (aunque no la firmé), pero ¿debo esperar a que me llegue la notificación a mi domicilio, o ya no la mandan?
A ambos lados de la puerta del garaje hay sendas placas de "prohibido aparcar" (la señal más el texto), pero no ponen "vado permanente" ni el número de vado que (creo que normalmente) otorga el Ayuntamiento a cambio de la tasa correspondiente. ¿Puedo recurrir la multa por este motivo? Es decir, ¿eso es un "vado permanente"? ¿Dónde puedo encontrar un recurso ya redactado?
Otra pregunta: me dieron la multa en mano (aunque no la firmé), pero ¿debo esperar a que me llegue la notificación a mi domicilio, o ya no la mandan?
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Respuesta de nikomc
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