Desplazsmientos fuera del domicilio social de la empresa

Hace 1 mes me an mandado a trabajar fuera de mi provincia, osea fuera del domicilio social de la empresa, ¿para unos meses. Me han avisado con más de 5 días de antelación y con las dietas pagadas pero el desplazamiento solo me pagan las horas del viaje de ida. El de vuelta dicen que es por cuenta nuestra. Es así?

Aparte a las 2 semanas nos an cambiado de hotel y de estar alojado en habitación individual en el nuevo hotel nos ponen a dormir 2 compañeros en una habitación doble de 4/3 m con un solo baño.. Quería saber si pueden hacer eso.. O se incumple el derecho a la intimidad del trabajador.. Yo les e dicho que no estoy de acuerdo y que si n se me puede pagar una habitación individual me volvería a casa al final de la jornada laboral, ya que estoy a 2h y me an dicho que para hacer eso tendría que pagarme yo el combustible del vehículo.

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En primer lugar, hay que diferenciar entre traslado y desplazamiento. Que no son lo mismo a efectos legales. En tu caso es un desplazamiento. Los desplazamientos a otro centro de trabajo si van a durar más de tres meses, como es tu caso, se deben comunicar con 5 días de antelación. Por lo tanto, eso es correcto.

Derechos que tienes por estar trasladado, tendrán que pagarte el salario, gastos de viajes (ida y vuelta) y dietas. El importe total que suma esto, lo puedes pactar con la empresa y que te lo paguen en un concepto sólo en la nómina. Pero la cuantía, tiene que ser por lo menos igual a lo que recoge el convenio para estos casos. Luego si trabajas más horas de lo normal cuando no te desplazan, esas horas se te tiene que pagar como horas extras.

Lo del hotel, entiendo que la habitación aun siendo para dos personas, cumple los requisitos mínimos y esto es potestad de dirección de la empresa, y por lo tanto, por ahí no puedes reclamar nada a la empresa. Podrías tratar de llegar a un acuerdo con ellos, pagando la diferencia por una habitación sólo o buscar una que fuese de igual precio. Pero la decisión es de la empresa, mientras el hotel cumpla con los mínimos de habitabilidad. Lo de cambiarlo por concepto de viajes, lo mismo negociar con la empresa. Pero habria que tener en cuenta, que entre jornada y jornada hubiesen 12 horas de descanso.

Otra cosa interesante que tienes que recordar, es que cuando te desplazan por más de tres meses, tienes derecho a un permiso de cuatro días laborales en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, excluyéndose los días que uses para viajar, cuyos gastos correrán a cargo de la empresa.

En caso de que no te guste tu nueva situación, podrías tratar de impugnarlo recurriendo ante el juzgado de lo social utilizando alguna de la causas posibles. En cualquier caso, tendrá que trasladarse al nuevo centro de trabajo, y esperar a que la sentencia declare o no, justificado el traslado.

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Lo de las extras nos lo pagan, los días que corresponden por desplazamiento en 9 años que llevo en la empresa trabajando por toda españa nunca me lo han dado.y las horas de vuelta hace ya unos años que no nos las pagan. Solo las de ida.. lo de la habitación el problema es el baño que para entrar a trabajar a las 8 me tengo que levantar a las 6:30 para prepararme ya que somos 2.. A la hora de llamar por teléfono a mi familia me tengo que salir al pasillo para hablar por que son temas personales. Por eso pregunte lo del derecho al respeto de la intimidad ¡Gracias! Un saludo

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