Puedo pedir indemnización por 5 bajantes con codo en vivienda ?

He adquirido vivienda de nueva construcción y no hemos dado cuenta que tenemos 2 bajares con codo en baño secundario pluvial y fecal, otras 2 bajantes con codo en salón pluvial y la última bajante en cocina también pluvial, estaban sin insonorizar pusimos incidencia a la constructora procedió a insonorizar. El resultado es que se a reducido un poco el ruido pero no lo suficiente para descansar y hacer vida normal y además me dicen que no hay más solución. Mi pregunta es podemos pedir indemnización y cómo hacerlo .

3 respuestas

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Como no le han solucionado el problema del ruido de las tuberías, porque lo más probable es que la empresa promotora/constructora, habrá enviado unos albañiles y lo que le habrán hecho será una chapuza para salir del paso, como normalmente suele ocurrir, lo que debería hacer con carácter previo a cualquier acción judicial, sería:

1.- Realizar un escrito de reclamación dirigido a la empresa promotora/constructora en el que se indiquen los siguientes puntos:

  • Hacer referencia al contrato de compraventa celebrado.
  • Identificar al comprador y al vendedor.
  • Detallar la reclamación concreta que se realiza y sobre qué punto se realiza, con alusión a los perjuicios que esto le esté ocasionando, dado que no ha quedado subsanada.
  • Ofrecer una solución amistosa, advirtiendo que si en el plazo aproximado de 10 o 15 días no se han puesto en contacto con Usted, para repararlo adecuadamente, se verá obligado a iniciar una acción judicial en defensa de sus intereses.

Este escrito es conveniente enviarlo por burofax, puesto que mediante esta forma se da fe de la fecha en la que se envía, de la fecha en que lo recibe el destinatario y sobre todo se da fe del contenido de la carta.

Si no recibe respuesta tiene dos opciones:

1. Si la empresa promotora-constructora está adherida a la Junta de Consumo, puede interponer una reclamación ante la misma.

Ventajas: es un procedimiento gratuito, y es vinculante, es decir, es de obligado cumplimiento.

2. Si la empresa no está adherida a ninguna Junta de Consumo, deberá dirigirse a los Juzgados e instar un procedimiento judicial civil para obtener una sentencia que obligue a la Empresa a sanear estos vicios ocultos. En este caso, será recomendable un informe pericial.

En este caso deberá valorar, si realmente le merece la pena pleitear con la empresa por los gastos que conllevan peritación, abogado, procurador, etc.

Este problema podría considerarse como un vicio oculto, entendiéndose como tal aquel defecto oculto que, en caso de aparecer antes de un determinado plazo desde la venta, dan derecho al comprador a exigir al vendedor el saneamiento de la vivienda o inmueble.

Entre otros puede considerarse como vicio oculto las tuberías que no funcionan bien, o Instalación o colocación de colectores defectuosos.

De conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación (Ley 38/1999) de 5 de noviembre, en vigor desde mayo de 2000:

En los proyectos de obra anteriores al 5 de mayo de 2.000:

El defecto que especifica, entiendo que tendría un plazo de reclamación de 6 meses desde la venta, a excepción de los defectos de gran importancia o estructurales que serían de 10 años.

En los proyectos de obra posteriores a 5 de mayo de 2.000:

En este caso y, como consecuencia de la reforma en la Ley, este tipo de defecto podría tener al menos 1 año de plazo para reclamarlo, y en su caso, hasta 3 años por daños materiales causados en los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad de la vivienda (como por ejemplo: higiene, salud, protección del medioambiente, protección sobre el ruido, ahorro de energía, etc.).

Finalmente las promotoras/constructoras están obligadas por Ley a contratar un seguro que cubra este tipo de contingencias.

Cierre y valore la respuesta, si es tan amable.

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Tendrias que consultar en la parte correspondiente.

En Asuntos juridicos.

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Antes de ponerte en temas judiciales yo iría al departamento de consumo de dónde vivas y pondría una denuncia que es gratis.

Ellos se pondrán en contacto con la parte vendedora y entonces, si no hacen caso, ya iría por el otro camino.

¿Sabes qué material han usado para insonorizar los bajantes?

Hay materiales específicos para hacer éste tipo de insonorizaciones.

Las bajantes y y codo son pvc . Posteriormente me lo han insonorizado  con cropropen .se habrá reducido un 10% el ruido pero sigue siendo molesto ,sobre todo para descansar. Gracias

Copopren es un buen producto, quizás te hayan puesto poco grueso.

¿Ahora cómo están los tubos vistos?

Dime si es posible colocar algún otro material y miro cual sería más adecuado a tú problema.

En el salón tengo ahora el copopren pero sin hacer mocheta y está el el encima del falso techo al estar todo hueco suma mucho más y en el baño copopren con mocheta solo cerrado en baño pero como la pared colindante es la habitación de mi hijo y también de pladur el sonido se pronuncia por la propia habitación 

Mocheta, ¿te refieres a que no está tapado con obra?

En el salón no ,lo taparon alrededor solamente y en el baño si taparon con mocheta pero como la habitación es colindante con baño se oye mucho más por la habitación 

Hay un producto cuyo nombre genérico es PKB2 que funciona bien en muchos casos.

Si me dices de dónde eres miraré de pasarte alguna otra marca.

Soy de Madrid 

Telefonea a Danosa, es un fabricante que está en la provincia de Madrid y ellos te dirán cual de sus productos puedes usar i dónde lo puedes comprar, tú o quien te ha verndido el piso.

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