Obligatoriedad o no de declarar SL extranjera en el 720
Siendo yo residente fiscal en España a todos los efectos, soy al mismo tiempo administrador y socio único de una sociedad limitada exportadora constituída en el 2015 en Egipto y residente fiscalmente en Egipto (la sociedad). La única cuenta bancaria de esta sociedad está radicada en una entidad financiera egipcia, no sobrepasa el mínimo de los 50.000 euros para ser obligatoria su declaración en el 720 y jamás ha tenido ninguna relación comercial o de otro tipo con España. No tengo ninguna otra cuenta ni ninguna otra sociedad en ningún otro país. Ni pretendo ponerme un sueldo ni repatriar dividendos ¿Debo declarar en España que poseo esta sociedad egipcia?
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Respuesta de Abogados Edo
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