¿Qué me puede pasar si incumplo un contrato de reconocimiento de deuda?
En el año 2013 me divorcié de mutuo acuerdo. Me quedé con la casa y las deudas que de ella se derivaban (la financiación de la cocina, los armarios...). Además, mi exsuegra había pedido un préstamo para que mi expareja y yo pudieramos pagar la entrada de la casa, y también asumí esa deuda. Para que quedará constancia de esto último, ella me hizo firmar un documento en el que yo me hacía cargo de esa deuda que iría pagando en cuotas mensuales ingresándolas en la cuenta corriente de esta señora. Lo firmé delante de la abogada que nos llevaba el divorcio, no ante notario. Una de las claúsulas de este documento indicaba que si en algún momento yo empezaba una convivencia con otra persona, me comprometería a abonar la totalidad de lo que restara de deuda en un solo pago. Desde entonces he pagado cada cuota puntualmente. Recientemente he sido madre, de un embarazo no programado, y el padre del bebé y yo hemos decidido vivir juntos para cuidar de nuestra hija. Cuando mi exsuegra se ha enterado, me ha mandado un burofax reclamándome el pago de la deuda que asciende a 21.000€. Mi pareja está en el paro, yo tengo un nivel de endeudamiento alto (más del 50% de la nómina se me va en deudas con el banco) y no tengo ahorros. Mi familia no me puede ayudar y los bancos no me dan más préstamos. Le he planteado a esta señora que voy a seguir pagándole a plazos como hasta ahora porque no puedo hacer otra cosa y me temo que me va a llevar a juicio. ¿Me pueden embargar la casa? ¿Qué puede pasar?