Tiene derecho a pagar parte de la instalación del ascensor una local de la finca

Queremos instalar un ascensor y necesitamos un paso de servidumbre de un local para poder poner el foso. Podría negarse, teniendo gente mayor y minusválidos.

Aparte no sabemos si tendría que pagar como el resto de vecinos. Ellos abonan comunidad.

Mirando en la escritura pone que la comunidad de propietarios se regirá por las normas de la vigente Ley de Propiedad Horizontal y que los gastos de uso y entretenimiento y los de luz eléctrica del portal y escalera serán sufragados por todos los propietarios de los pisos estando exentos de estos gastos los locales comerciales que no tengan entrada por dichos elementos comunes.

Ellos no tienen entrada por el portal. ¿Tendrían qué pagar por el ascensor?

Respuesta

Pasamos a responder tu pregunta, pues los locales comerciales y bajos en principio si tienen que pagar sus gastos a la comunidad porque forman parte de ella, de todas os tenéis que regir por lo que diga la Ley de Propiedad Horizontal y los Estatutos de la comunidad. De todas formas te pasamos un enlace de un blog donde te explicamos con más detalle quién o de qué gastos están exentos los locales comerciales y qué mayoría se necesita para instalar un ascensor en la comunidad.  http://www.fincasmistral.com/blog/gastos-comunes-comunidad-exento/

http://www.fincasmistral.com/blog/mayoria-necesaria-para-instalar-ascensor/

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1

Según se puede interpretar en los Estatutos de la comunidad si los locales que no tienen acceso a la finca están exentos de los gastos de escalera, el nuevo servicio sería un gasto más de escalera. Esto significa que estarían exentos de las cuotas de mantenimiento así como reparación estarían exentos de pagar. Pero no de la instalación ni reforma.

Todos los propietarios y locales están obligados a satisfacer los gastos de instalación del ascensor, pero se les eximirá de las cuotas de mantenimiento y de reparación del mismo a los locales que no tengan acceso a los elementos comunes.

Respuesta
1

Respecto al pago del ascensor, creo que Poliplos te ha contestado adecuadamente.

Respecto a la parte del local que es necesario ocupar, no puede negarse, pero tendréis que pagarle a precio de mercado el trozo ocupado. En ese precio debe de incluirse el trozo ocupado y el coste de las posibles obras necesarias para independizarlo del local y que su local quede con los acabados que tenía originalmente.

Esto, si el propietario no quiere por las buenas, acaba en una vía judicial que normalmente suele ser larga.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas