Rampa minusválidos en asociación privada

En la sede de la asociación privada a la que pertenezco estamos pensando en poner una rampa para minusválidos. Debido a el poco espacio existente, la inclinación se nos va por encima del 20% y al parecer en edificios públicos no se permite más del 12%. Al ser asociación privada, de uso solo para socios, si todos los asociados estamos de acuerdo ¿podemos realizarla para dar servicio a los minusválidos?

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La rampa es interior o exterior

La rampa es interior. Sería para salvar los 8 escalones del portal de entrada. el edificio entero es de nuestra propiedad y solo para nuestro uso.

En principio, no os pondrán problemas si el acuerdo es por unanimidad.

Deberíais hacer la consulta para la instalación de un "salvaescaleras" para 8 escalones es probable que no haya gran diferencia entre la obra civil de la rampa y un salvaescaleras económico.

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Dudo mucho que una rampa al 20% de servicio a nadie.

Una rampa para accesibilidad de personas con movilidad reducida, tiene que andar en torno al 10% con una tolerancia máxima del 2%. Es decir, con un 12% estarías al límite.

Para entendernos. Una rampa de garaje, tiene entre un 15% y un 17% de pendiente y a una persona con movilidad reducida ya le sería muy muy difícil salir por ella.

Yo, como te propone el experto Juan José López Oliveira, miraría una solución mecánica de salva escaleras.

Para salvar 8 peldaños, ya es una altura considerable y necesirás por lo menos 13 metros lineales de rampa para hacerla bien. Y sinceramente si no es para hacerla bien, no la hagas.

Llevo mucho tiempo trabajando en mi ayuntamiento y en mi entorno urbano por que se hagan actuaciones de accesibilidad serias y que de verdad sean una solución para la movilidad (la de todos). Todas las obras urbanas que realizo en la Comarca donde vivo, las comento y consensuo con la Asociación de Personas con Movilidad Reducida y perdona que lo diga así, pero una rampa al 20% me parece una burla para todas esas personas.

Piensa en la movilidad como un beneficio social. Para los carritos de los niños. Para los carritos de la compra, para un repartidor, para una persona con un esguince temporal, etc.

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I. Buenas compañero, en principio, como has dicho, inclumple las normas, pero según tengo entendido, si legalmente es posible argumentar la necesidad vital de la instalación de la rampa, se podría lograr. Desconozco a donde es necesario dirigirse, imagino que tal vez al concejal de urbanismo de vuestro municipio, y en primer lugar, a la administración o presidentede la comunidad de vecinos. Pienso que lo ideal puede ser consultar primero con un bufete de abogados, a modo de primera toma de contacto, por ejemplo en esta misma página desde la sección Derecho y Leyes .

Hace unos meses otra persona hizo una consulta muy similar, tal vez no arroje mucha luz pero mientras recibes responde puede ser un comienzo.

Puedo realizar una rampa de acceso en un local comercial con salida a la calle sin contar con la aprobación de la comunidad?

Aquí podemos ver bastante información, la verdad es que el tema es complejo, pero debe existir una solución que se adapte al espacio disponible. Mucho ánimo.

http://www.pasarlaite.com/accesibilidad-y-rampas/ 

https://www.youtube.com/watch?v=rpluw_9Wsk4 

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