¿Tengo un g de minusvalia que es el rai?

Soy Laura me han concedido un g de minusvalia 45%y me gustaría saber si me puedo beneficiar de rai me ¿podéis explicar que es y en qué consisten?

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Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.

Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:

Desempleados de larga duración.

Personas con discapacidad.

Emigrantes retornados.

Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.

Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Ésto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.

Todos deben cumplir unos requisitos mínimos

Menor de 65 años

Ingresos menores que el 75% del Salario Minimo SMI (menos de 484€ en 2014)

Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad

No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo

No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia doméstica y discapacitados

No haber recibido tres RAI anteriormente

Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:

Desempleados de larga duración:

Tener más de 45 años de edad.

Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados con discapacidad:

Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.

Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

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