Primeramente comentarte que existen dos opciones:
En el caso de que quieras comprar propiedades para alquilar sin que suponga una actividad económica como tal (sin local ni personal contratado para la gestión del añquiler) no tendrías que darte de alta como autónomo y tributarias por irpf por el beneficio obtenido como "capital inmobiliario" Podrás desgravarte gastos de financiación, suministros y comunidad pagados por ti, amortización entre otros. Si alquilas locales debes repercutir e ingresar iva.
En todo caso el pago de impuestos sobre el brneficio obtenido no se hace antes de realizar la inversión sino dependiendo del rendimiento obtenido en el año natural.
Saludos
Otro caso es que quieras montar un negocio para gestionar el alquiler de esas propiedades, en cuyo caso puedes crear una sociedad (algo que desaconsejo) o darte de alta como autónomo y tributar también en irpf pero como actividad económica. Los gastos serán desgravables en los términos que te he comentado antes.