¿Dónde puede poner una comunidad los buzones?
Somos una cdad de porpietarios, que es una parcela y dentro de la misma tres bloques de pisos. La parcela tiene tres entradas una para bloque, pues bien junto a las puertas están los buzones de correos de cada bloque, en el lado de la calle, al exterior con lo que el cartero no tiene que entrar en la parcela. Esto genera no sólo que estén a la intemperie si no que están expuestos a actos vandálicos (más de un buzón lo han reventado con petardos) de los transeúntes. El caso es que hay que sustituirlos, mi intención es ponerlos por dentro de la parcela, lo que evitaría el vandalismo pero obligaría al cartero a cruzar un umbrar de puerta, (le daríamos una llave), no tendría que andar distancias, solo bajarse de la moto (el cartero que nos entrega las cartas ni se baja de la moto, se sube a la acera con ella), y cruzar UNA sola puerta.
¿Puede el cartero negarse a entrar en la cdad a entregar las cartas?
¿Necesito el visto bueno previo de correos?