Compro producto exento de IVA a proveedor portugués ¿Debo cobrar IVA de este producto a mi cliente español?

Soy fotógrafa y he incorporado recientemente dentro de mis portfolio de productos una variedad de álbumes que compro a una imprenta portuguesa y otra Italiana. Gracias a que estamos inscritos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) no debo pagar el IVA a estos proveedores. Hasta ahora todo claro para mi. Mi duda viene cuando tengo que pasar la factura a mis clientes españoles a los que, además de prestarles mis servicios fotográficos, les he vendido uno de estos productos portugueses o italianos ¿Al hacer la factura debo cobrarles el IVA sobre estos productos? Llevo muy poco dada de alta como autónoma.

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Respuesta

Lo que está exento de iva es la operación de compra al realizarse a otro país intracomunitario, la exención no es intriseca al producto comprado.

Por lo tanto, al realizar la venta del producto en una operación interior (en españa) se le debe aplicar el tipo de iva correspondiente, no tiene nada que ver donde ni a quien lo hayas adquirido previamente.

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