Empresa de recobro me ha insultado y amenazado

Resulta de que hoy me han llamado de una empresa de recobros, concretamente intrum justicia, diciéndome que tengo que pagar una deuda que tengo con tele 2 de 200 y pico euros. Amablemente le e dicho que si realmente tengo esa deuda la pagare cuando pueda pero que antes de eso quiero ver una factura que así lo demuestre. Pues bien la chica insistía en que la tenia que pagar, tanto ha sido su insistencia, que ya le e dicho un poco enfadada, "solo un poco" que pagaría cuando pudiese y que de seguir hablándome así lo que iba a conseguir es que le colgara el teléfono, acto seguido me dice que no tengo vergüenza ninguna, que soy una morosa y una mal educada... No daba crédito a lo que escuchaba, obviamente bajo la presión de sus gritos y sus insultos y sus amenazas, yo también he echo lo mismo, no debería haberme puesto a su altura pero me he sentido humillada, amenazada, de echo me he tenido hasta que sentar de lo que me temblaba el cuerpo. Mi pregunta es, ¿hasta qué punto pueden hasta insultarme y amenazarme? ¿Y es legal que tl 2 venda mis datos personales a otras empresas?

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Totalmente de acuerdo con Beut en cuanto a la estrategía de estas empresas de cobro, si bien sobre sus preguntas concretas le informo lo siguiente:

En cuanto a la cesión de datos de carácter personal, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.2.a) de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sería legal si existe una Ley que lo permita. En este caso lo permite el artículo 1209 y siguientes del Código Civil, por el que la empresa de gestión de cobros ha comprado la deuda y por tanto siendo la titular de la misma, con los derechos inherentes a su cobro y datos del deudor para hacerla efectiva, como anteriormente lo tenía la empresa que se la vendió.

En cuanto a los insultos “no tengo vergüenza ninguna, que soy una morosa y una mal educada... “(no sabemos si los puntos suspensivos elevaron el tono). En principio podrían considerarse como una vejación leve (antigua falta penal del art. 620), actualmente despenalizadas en el vigente Código Penal.

Para lo cual, caso de denunciarlo, tendría que ser mediante la interposición de una demanda civil con abogado y procurador, por presunta vulneración al derecho al honor, la intimidad y la propia imagen amparada en la Ley Orgánica 1/1982, con resultado incierto.

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Supongo que el asunto de sus datos lo tienen "amarrado", pero su postura es que les remitan el concepto y recibo pendiente. Aquí suelen fallar y se desesperan, pues han comprado la deuda "tal cual" y no tiene respaldo físico.

A mi me siguieron durante años, años, por una deuda de 43 euros y nunca sabían de qué era. Yo lo adiviné (tras mirar en miles de papeles y era un seguro de tarjeta la cual no utilicé nunca. Yo les decía "si, puede ser, pero díganme de qué es y mandenme un recibo". Se acabó.

Estas deudas pequeñas que ni siquiera pueden llevar a juicio las venden por muy poco dinero (a lo mejor un 10% o menos!) Y estas empresas al que pillan, pues bien.

Siga así y paciencia o no coja el teléfono si saben que son esas empresas. Además, si vuelve a hablar con ellos, pregúnteles quien ha tenido la osadía de darles sus datos.

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