¿Te pueden cambiar la manutención porque mi ex pareja ha tenido otro niño con otra pareja?

Llevo 3 años separada y con un niño de 13 años y en esos tres años no he tenido trabajo fijo entro y salgo no tengo una estabilidad económica de echo ahora estoy cubriendo una baja que no se para cuanto tiempo y no tengo paro ni nada y mi ex pareja ha tenido otro niño con otra persona y quiere modificar la manutención. ¿Puede cambiarme la manutención por el echo de el tener otro hijo?

2 respuestas

Respuesta

Si podría, si cambian sustancialmente las condiciones económicas de la persona que tiene la obligación, de manera que se puede pedir una revisión de sentencia si, por ejemplo, pasa de repente a condición del paro o si, con un sueldo "normalito", de repente la persona se encuentra con otro adulto y un menor a cargo o si se demuestra que el ex-cónyuge de repente encuentra un trabajo maravilloso y gana un montón de dinero.

En realidad, las cargas de manutención del menor se deberían repartir de forma proporcional a los ingresos de cada uno, y para la cuantificación, para que te hagas una idea, puedes jugar con las tablas que vienen en http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-pensiones-alimenticias/

Habitualmente, lo que sucede es que cuesta más el collar que el perro y, salvo casos muy sangrantes, rara vez se piden esas revisiones de sentencia.

Mucha suerte.

Respuesta

La respuesta a su consulta desde el punto literal es NO. No pueden modificar la manutención de un hijo porque la otra persona haya tenido otro hijo con otra persona. Cuestión diferente es que la situación económica de esa otra persona haya empeorado de manera continuada (no de manera aislada) por quedarse en paro por ejemplo (independientemente de que haya tenido otro hijo o no). Y en ese caso la modificación de la manutención no es automática, sino que habrá de pedirla en un Juzgado, demostrar ese empeoramiento de la situación económica y que un Juez le dé la razón.

Con todo el respeto, discrepo con la respuesta anterior sobre si compensa o no este tipo de procedimientos. Estos procedimientos donde se pide una reducción o ampliación de la pensión de alimentos por ejemplo (lo que se conoce como "modificación de medidas definitivas") es muy común en la práctica y, por ejemplo, nosotros en nuestro despacho llevamos actualmente numerosos casos como este. No creo que cueste más caro el collar que el perro ni que no compense. Piense usted que si se reduce o se amplia una pensión de alimentos en 100 Euros AL MES por ejemplo, hablamos de 1.200 Euros al año, lo que supone en un periodo de 5 años por ejemplo (hasta que se revisara nuevamente esto), de un total de 6.000 Euros y sin contar el incremento por el IPC.

Eso sí, si esta persona le mandara una carta o le demandara pidiendo esa variación en la manutención habría que contestarla u oponerse respectivamente aunque se piense que se tiene razón pues, de lo contrario, el procedimiento seguiría adelante sin usted y las consecuencias serían nefastas.

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