Lo primero es ver si la hipoteca es anterior a 2013 ya que en esa fecha cambiaron la ley y el gasto por vivienda dejó de ser desgravable. En el siguiente enlace que te pongo más adelante lo explica. Si el seguro de vida está vinculado a la hipoteca la prima se puede añadir a la cuota de la hipoteca para calcular la base de la deducción por adquisición de vivienda habitual, que desgrava en el IRPF que tiene el límite de 9.040 euros.
Si el seguro de vida no está vinculado a la hipoteca no desgrava.
La Agencia Tributaria http://AEAT. define las cantidades invertidas con derecho a deducción:
- "En estos supuestos, formarán parte de la base de la deducción tanto la amortización del capital como los intereses y demrivados de dicha financiación."
Obsérvese el texto puesto en negrita y cursiva, porque es donde especifica que el vínculo que ha de tener el gasto que queremos desgravar, o sea la prima de seguro, para ser deducible debe estar incluido en la financiación. Esto excluye las primas mensuales de un seguro que pudiera pagarse de vida o de hogar pero contratado de manera independiente a la hipoteca.
Si sacaste tu seguro de vida del banco es porque no estaba vinculado a la hipoteca. Si el seguro a través de tu empresa es un seguro colectivo, sea el obligatorio del sector o sea ampliado se considera retribución en especie de tu salario. Es un concepto que está exento de tributación (hasta ciertos límites) por tratarse de un sistema de previsión social y deducible de la base imponible, ver artículo 51 http://Ley IRPF