¿Quién tiene la culpa en este accidente de circulación?

Quisiera saber quien es el responsable en este caso que me ha pasado personalmente:

Yo tenía aparcado mi coche en batería en una calle de una sola dirección. Al ir a coger mi coche, vi una furgoneta con las luces de marcha atrás encendidas unos 10 metros aproximadamente de donde yo tenía aparcado el coche. Él estaba pegado a los coches que estaban aparcados en batería. Me dio tiempo a meter las bolsas que llevaba en el maletero, a montarme en el coche, colocarme y aún seguía con las marchas atrás pero sin moverse del sitio. Aún así esperé un tiempo prudencial. Cuando me cercioré de que aún estando la marcha atrás accionada el sujeto no tenía intención alguna de moverse, empecé a realizar mi marcha atrás para poder salir del aparcamiento, cuando de repente este vehículo me envistió al ir marcha atrás en dirección contraria (el vehículo mencionado).

Como consecuencia mi coche tiene una abolladura en su lateral trasero izquierdo, su vehículo no tuvo ningún desperfecto. Al no tener parte amistoso, llamamos a la policía quien nos facilitó uno. El sujeto no rellenó sus datos correctamente, cosa que no nos dimos cuenta. Los policías fueron testigos de como él manifestó que había tenido la culpa ya que iba a aparcar al principio de la calle dando marcha atrás (50 metros o más) y además que no miró el espejo retrovisor.

Ahora el tipo dice que él no ha tenido la culpa y que además su vehículo también tiene un golpe porque yo le di. Por el sitio donde está mi golpe no es difícil demostrar con un peritaje que es imposible que yo le diese a su coche.

El proceso se va a llevar a juicio pero quisiera saber a quien de los dos es más probable que lo declaren culpable.

Adjunto una foto donde se ve más claro.

Gracias de antemano.

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En parte el compañero brokadi tiene razón, pero también la maniobra de marcha atrás es una maniobra prohibida según el código de circulación"" excepto para maniobra de estacionamiento "" cosa que según explica el no estaba haciendo, ya que iba marcha atrás en dirección prohibida, y no estaba aparcando, pero como dice el compañero todo depende del juez cómo se levante esa mañana, yo en tu lugar tiraría por ahí.

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Yo diría que sobre el papel y la mayor culpa la tendría el que da marcha atrás en contra dirección pero Vd también daba marcha atrás; todo ello significa que de no haber prueba suficiente (desconozco si la policía hizo algún tipo de atestado o se limito a mirar). Normalmente la policía si el hecho no es de claridad meridiana, no dicen ni blanco ni negro y el juez si no dispone de un atestado o prueba pericial, podría dar 'culpa compartida' .

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Todo dependerá como le hayan caido los garbanzos de la cena a su señoría.

Hay una máxima, el que sale de un aparcamiento o garaje debe tener el máximo cuidado.

Lo siento.

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Puesto que el vehículo culpable del accidente miente descaradamente, no te queda más remedio que alegar, en tu defensa, que tu vehículo se encuentra parado cuando es golpeado por el otro vehículo que circula marcha atrás, recuerda esto siempre.

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La responsable del accidente es Ud., pues antes de incorporarse a la circulación desde un aparcamiento debe de ceder el paso. No existe discusión posible al respecto.

Cualquier vehículo que dé marcha atrás en la vía circula en dirección contraria, que no prohibida. Ud, al salir de su aparcamiento, sea hacia adelante o hacía atrás, debe de ceder el paso a cualquier vehículo, circule correctamente o en dirección contraria, como es el caso de una marcha atrás. Circular en dirección prohibida implica hacerlo de frente.
¡Qué grandes son los nuevos "expertos"! La crisis, sin duda... Cualquiera dice tonterías con tal de engañar y de filtrar su tarjeta de abogado. Afortunadamente, mis denuncias reiteradas prohibieron esta práctica aquí. Amado por mis seguidores, y odiado por el resto de expertos, por motivos obvios.
No vivo de esta página, ni la necesito, motivo por el cual me acuerdo de su existencia cada 3 meses. Antes de elegir a un experto, acuda a los más veteranos y mejor valorados. No tenemos ánimo de lucro. Yo entro poco, porque tengo un contrato de exclusividad con mi bufete, motivo por el cual la página ha accedido a mantener mi pseudónimo. Me puede hacer caso o no, por supuesto.

Lo primero de todo agradecerle su respuesta y su simcerisad, pero ahora le hago yo usted la siguiente pregunta:

"¿Cual es el tiempo establecido que tengo que esperar a que un vehículo decida moverse para poder incorporarme a la vía publica?" imagino que la respuesta será similar al caso de un STOP (un tiempo prudencial). Por tanto, si yo salgo de la tienda y el vehículo ya estaba en esa posición con las luces marcha atrás y parado y yo meto las bolsas en el maletero, me monto, me coloco y espero 30 segundos, ¿cuánto tiempo más he de esperar a que dicho vehículo decida si se quiere mover o no?

Gracias de antemano.

El código general de circulación no establece ningún margen de tiempo, ni en su caso, ni en el ejemplo que cita.

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