¿Es obligatorio el notario en préstamo entre particulares?

Mis padres me van a hacer un préstamo sin intereses para la compra de un piso. ¿Es necesario que levantemos escritura pública ante notario?

He oído que tenemos que hacer alguna gestión/registro en la Comunidad de Madrid. ¿Sería suficiente formalización con esto? ¿O es obligatorio el notario?

¿Me podrían indicar cuáles son los pasos obligatorios y formales para realizar éste préstamo?

3 Respuestas

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No, no es necesario la presencia de un Notario para formalizar un préstamos entre particulares.

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No es obligatorio formalizar un contrato de préstamo entre particulares por escrito, pero sí es muy conveniente, para evitar problemas con Hacienda (si no lo formalizamos puede interpretarlo como donación, por ejemplo). Si decidimos formalizarlo por escrito es suficiente con que sea un documento privado, firmado por ambas partes en el que se regulen las condiciones del préstamo y su condición de ser con o sin intereses. No es necesario elevarlo a escritura pública. Aunque exento del pago de ITP, sí que se debe presentar el impuesto alegando el fundamento jurídico de la exención y aportando copia del contrato; todo ello en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Si necesitas ayuda, puedes obtener información de nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.es

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Los préstamos entre particulares están sujetos al ITP, pero están exentos, es decir, tienes que presentar obligatoriamente una documentación, pero no tendrás que pagar impuestos.

Visita esta página web www.lendyu.com.Encontrarás en su blog varios artículos que explican paso a paso qué tienes que entregar y cómo hacerlo.

Si lo prefieres, ellos también se encargan de hacer toda la Documentación.

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