¿Cómo puedo saber si una deuda ha prescrito?

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Estos plazos dependen de la naturaleza y el origen de la deuda y varía entre 3 y 15 años.

Para que una deuda se pueda prescribir es necesario reunir las siguientes 2 condiciones:                                           1- El acreedor no tiene que haber ejercido ninguna acción ni extrajudicialmente, mediante carta, requerimiento notarial  ni judicialmente.                                                                                                         2-El deudor no tiene que haber reconocido ni aceptado de forma expresa o tácita una deuda pendiente de pago.

Me han acosado telefónicamente y creo que sí he reconocido la deuda en algún momento. Tiene

Casi 30 años, era de 25.000 pts (150€) y ahora me piden mas de 80.000 €.

Tengo motivos para creer que esperan por mi herencia y para mas inri mis padres tienen su dinero en la misma entidad.

1º ¿cómo puedo "asegurarme" que legalmente aun me la pueden reclamar?

2º en caso de un probable fallecimiento mio ¿podrían reclamar o cobrar a mis padres?, ¿Y a mi hija?

2 Respuestas

Respuesta
1

Si se la han reclamado, no ha prescrito; para poder embargarle o cobrarle deberán hacerlo vía judicial.

Respuesta
1

La verdad yo me iría más por un tema de caducidad, si su supuesta deuda tiene 30 años.

Hasta que no intervenga un juzgado en contra suya, usted tranquilo

Y si confirma la caducidad y sigue estando en registros de incidencias, entonces el que podrá demandar será usted

¡Gracias! 

Qué debería hacer para investigar y conocer datos concretos y fiables respecto a confirmar la caducidad de la misma? 

De entrada verificar el contrato que dio origen, fecha de firma, confirmar pagos si los hubo, confirmar mes y año del primer impago y empezar a sumar años ...

En cuanto a la literatura sobre caducidad tiene en Internet lo que necesite

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