Los mensajes de whatsapp válidos como cotratos

Quiero vender un solar y he acordado el precio con un comprador por whatsapp. Me ha surgido un nuevo comprador que me ofrece 1.500 € más, le he dicho al primer comprador la oferta que me hace el segundo, que si me da esos 1.500€ más se lo doy a él, me ha dicho que no, y que además si no se lo vendo a él por el precio acordado inicialmente me va ha denunciar, que usará como prueba lo acordado por whatsapp, dice que para él es tan válido como un precontrato redactado y firmado en papel.

Ante esto me surgen las siguientes dudas:

¿Se pueden considerar los mensajes por whatsapp como un contrato válido entre particulares?.

Si al final me denuncia, ¿qué tipo de juicios suelen ser para estas cantidades?, pues la diferencia es solo de 1.500 €.

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