En España, no existe libertad para testar. Los herederos forzosos, salvo casos muy excepcionales, no se les puede desheredar.
Si su abuela fallecida no hizo testamento, todos sus bienes se reparten por igual entre todos los hijos que ésta tuviera.
Los herederos forzosos sí puden, en cambio, renunciar a la herencia o aceptarla a beneficio de inventario.
Lo que usted plantea cuando dice que acordaron que todo se lo quedase su madre, no se si estamos hablando jurídicamente de una renuncia de los demás herederos forzosos y por tanto, acrece el derecho de su madre, o por el contrario nada de esto sucedió.
Si no hubo renuncia a la herencia y si no hubo testamento por parte de su abuela que le dejase a usted algo, los herederos forzosos y legítimos son todos los hijos a partes iguales que tuviese su abuela, no correspondiéndole a usted nada salvo que, como le dije, su abuela hubiera hecho testamento en favor de usted.
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