Lo primero recomendarle mire las obligaciones de facturación establecidas en el reglamento de facturación https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-14696
Dependerá de su actividad económica, pero en la mayoría de casos, solo le solicitaran factura completa los empresarios o profesionales. En muchos casos, podrá emitir facturas simplificadas en la cuenta genérica 430.
En cualquier caso, su programa contable y de facturación debe admitir cientos de miles de clientes (dependerá del numero de dígitos con los que trabaje su programa).