Garantía de indemnidad art 24.1 puedo ser despedida bajo ese concepto?

Estoy en fraude de ley, tengo un contrato en prácticas con una diplomatura y ejerzo de monitora. El salario está al 60% de lo que cobran mis compañeros, pero ese 60% está por debajo del SMI. Se que debo denunciar y se que me ampara la garantía de indemnidad, ¿pero hasta que punto?

¿No me pueden despedir bajo ningún concepto? ¿O sí y el juez ya lo declarará nulo?

Mis dudas se deben a que en breve se finaliza el concurso con está empresa y si denunció y me despiden puedo no estar para el proceso de subrogación...

Sé que tengo 20 días después para denunciar y yo no quiero vincularme a la empresa de la subcontrata sino al puesto de trabajo.

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Como bien dice, si denuncia o demanda, estará amparada bajo ese principio, y en caso de represalia será el juez quién estime si hubo o no tal. Si denuncia o demanda tendrá posibilidades de ser fija y entrar en la subrogación.

Puede contactar con nosotros para ejercitar alguna acción en el correo [email protected]

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